El pasado 19 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), la resolución que establece los nuevos salarios mínimos generales y profesionales, vigentes a partir del 1 de enero de 2025. Este incremento busca garantizar que el salario mínimo sea suficiente y permitan satisfacer las necesidades básicas de una familia, tanto en los ámbitos material, social, cultural y educativo, además de procurar que el salario mínimo nunca quede por debajo de la inflación.
“En 2024 la Conasami estableció nuevos salarios mínimos que permitan satisfacer las necesidades básicas de una familia y procurar que el salario mínimo nunca quede por debajo de la inflación.”
Tipos de Salarios Mínimos y Áreas Geográficas
Como abogada consultora especializada en derecho laboral, enfatizo la necesidad de que las empresas deben adoptar un enfoque proactivo para adaptarse a estos cambios y evitar riesgos legales que puedan impactar negativamente en sus operaciones. La Conasami determinó dos tipos de salarios mínimos: salario general y salario profesional.
También estableció dos áreas geográficas para su aplicación:
- Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN): Comprende los municipios que hacen frontera con Estados Unidos de Norteamérica: Ensenada, playas de Rosarito, Mexicali, Tecate, Tijuana, San Quintín y San Felipe, en el estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el estado de Nuevo Léon; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el estado de Tamaulipas.
- Zona del Salario Mínimo General (ZSMG): Comprende el resto de los municipios del país y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México no consideradas en la ZLFN.
Mientras que los salarios vigentes para 2025 son:
- Zona Libre de la Frontera Norte: $419.88 M.N. diarios.
- Zona del Salario Mínimo General: $278.80 M.N. diarios.
Ambos salarios representan un incremento del 12% respecto a los valores de 2024.
Además, se actualizó la categoría de “jornalero(a) agrícola” para alinearse con la reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada el 24 de enero de 2024.
También se introdujo el Monto Independiente de Recuperación (MIR), cuyo objetivo es recuperar el poder adquisitivo del salario mínimo sin influir en la fijación de otros salarios del mercado laboral.
Sus principales características son:
- Representa una cantidad absoluta en pesos.
- Su objetivo es única y exclusivamente contribuir a la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo.
- No debe ser utilizado como referente para fijar incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral como salarios contractuales, federales y de la jurisdicción local, salarios diferentes a los mínimos y a los contractuales, salarios para servidores públicos federales, estatales y municipales, y demás salarios del sector formal.
El MIR puede aplicarse durante los procedimientos de revisión o fijación salarial, conforme al artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo.
Recomendaciones para la Adaptación Empresarial
Es importante estar alineados con la normatividad laboral, pues garantiza el cumplimiento no sólo frente a los empleados de cada empresa sino también con las autoridades laborales. Algunas de las recomendaciones que se sugieren para dicho cumplimiento son:
- Revisión y ajuste de estructuras salariales. Actualizar los salarios cercanos al mínimo para evitar desigualdades y mantener la equidad interna.
- Planificación de incrementos graduales. Si el aumento al salario mínimo representa una carga significativa para la empresa y en específico para las PyMES, se puede implementar un plan de aumentos escalonados para empresas con limitaciones financieras o buscar alternativas para cubrir la diferencia como mejorar la productividad o reducir otros gastos operativos.
- Revisión y actualización de contratos de trabajo. Los contratos individuales o colectivos de trabajo deben modificarse para que estén ajustados y reflejen el cumplimiento de nuevos salarios mínimos y garanticen que se respeten las disposiciones de la LFT.
- Fomentar la capacitación y la productividad. Invertir en programas de capacitación para mejorar la eficiencia y productividad para compensar el impacto de los costos laborales dentro de las empresas e incluso la posibilidad de poder ser una herramienta para justificar ajustes salariales.
- Evaluación del impacto en los costos operativos. Las empresas deben hacer un análisis de los efectos del incremento del salario mínimo en sus costos operativos. Esto incluye no sólo los salarios, sino también posibles ajustes en los precios de productos o servicios, para evitar que la rentabilidad se vea gravemente afectada.
- Explorar alternativas de beneficios no salariales. Las empresas pueden considerar ofrecer beneficios no salariales, como seguros médicos, vales de despensa, transporte o programas de bienestar, para aumentar la satisfacción de los empleados sin generar un incremento directo en los costos salariales.
- Implementación de teletrabajo. Esta modalidad en la forma de prestación de servicios puede ayudar a las empresas a optimizar recursos y reducir costos operativos indirectos.
- Revisión y ajuste de políticas de remuneraciones y beneficios. Establecer procedimientos transparentes para la revisión salarial ayuda a evitar conflictos laborales y asegura una adecuada comunicación con los empleados. Asimismo, se deben ajustar políticas internas relacionadas con los beneficios, bonos y compensaciones, evita discrepancias con los nuevos mínimos salariales. Los pagos en especie como vales de despensa y transporte, entre otros, deben ser evaluados en términos de su valor en relación con el salario base, de acuerdo con la nueva ley.
- Revisión de la clasificación de puestos de trabajo. Es recomendable que las empresas revisen las clasificaciones de los puestos de trabajo de los empleados con relación a sus salarios para asegurarse que no se estén subvalorando los salarios de aquellos que por sus funciones y responsabilidades deberían estar en una categoría superior al salario mínimo.
- Implementación de políticas transparentes de incremento salarial. Establecer políticas claras sobre cómo se manejarán los incrementos salariales en el futuro, no sólo en relación con el salario mínimo, sino también con otros aumentos. La transparencia en estos procesos ayuda a reducir conflictos laborales y asegura que los empleados comprendan sus derechos y expectativas salariales.
“La normatividad laboral garantiza el cumplimiento frente a los empleados de cada empresa y a las autoridades laborales. Algunas de las recomendaciones para cumplir son: revisión y ajuste de estructuras salariales, planificación de incrementos graduales, revisión y actualización de contratos de trabajo, entre otras.”
Sanciones por Incumplimiento
En caso de incumplimiento, la autoridad laboral puede establecer distintas sanciones como pueden ser:
- Imposición de una multa de conformidad con el artículo 1,004 de la Ley Federal del Trabajo y aparejada de una pena de prisión de:
- 6 meses a 3 años y una multa de hasta 800 veces la Unidad de Medida y Actualización ($90,512.00 M.N.), conforme a lo establecido por el artículo 992, cuando el monto de la omisión no exceda del importe de un mes de salario mínimo general del área geográfica de aplicación correspondiente.
- 6 meses a 3 años y una multa de hasta 1,600 veces la Unidad de Medida y Actualización ($181,024.00 M.N.), conforme a lo establecido por el artículo 992, cuando el monto de la omisión sea mayor al importe de 30 veces la Unidad de Medida y Actualización, pero no exceda de tres meses de salario mínimo general del área geográfica de aplicación correspondiente.
- 6 meses a 4 años y una multa de hasta 3,200 veces la Unidad de Medida y Actualización ($362,048.00 M.N.), conforme a lo establecido por el artículo 992, si la omisión excede a los tres meses de salario mínimo general del área geográfica de aplicación correspondiente.
- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social podrá realizar inspecciones en los centros de trabajo y exigir la corrección inmediata de cualquier irregularidad detectada. Asimismo, podrá ordenar o llevar a cabo la clausura temporal del centro de trabajo, ya sea por suspensión de actividades ante un incumplimiento grave o hasta que las irregularidades hayan sido subsanadas.
- De igual forma, los empleados pueden presentar escritos iniciales de demandas tanto individuales como colectivas para exigir el cumplimiento de pago, generando el riesgo que, en caso de tener una sentencia desfavorable, pueda resultar en el pago de salarios caídos, diferencias salariales o indemnizaciones.
“En caso de incumplimiento, la autoridad laboral puede establecer sanciones como: imposición de una multa de conformidad con la LFT, la STPS podrá realizar inspecciones en los centros de trabajo y exigir la corrección inmediata de cualquier irregularidad detectada y los empleados pueden presentar escritos iniciales de demandas tanto individuales como colectivas para exigir el cumplimiento de pago.”
Recomendaciones Finales
El cumplimiento normativo en materia salarial es una responsabilidad que no sólo garantiza la estabilidad laboral, sino que también protege a las empresas de riesgos legales y económicos. Por ello, es recomendable realizar una auditoría laboral interna para detectar posibles áreas de incumplimiento, revisar las políticas de compensación y beneficios con un enfoque preventivo y mantener un diálogo constante con los empleados para fomentar un clima de confianza y transparencia. Si su empresa requiere asesoría personalizada para cumplir con estas disposiciones o implementar las medidas necesarias, debe contactar con un o una especialista en la materia.








