foro jurídico Es necesario que se regule el uso del gas pimienta y teaser, para que las mujeres se defiendan

Es necesario que se regule el uso del gas pimienta y teaser, para que las mujeres se defiendan

De acuerdo a las cifras del informe mensual del Secretariado Ejecutivo de Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) el mes de marzo de este año ha sido de los más violentos para las mujeres en el país, ya que se tiene el registro de las llamadas al 911, que están relacionadas con la violencia de género, la extorsión, corrupción de menores, violación, homicidio culposo, lesiones dolosas y la violencia familiar, también señala que de 10 delitos solo en cuatro hubo una disminución en la incidencia durante el último mes, a saber: feminicidio, homicidio doloso, secuestro y trata de personas.

Ante esta grave situación, muchas mujeres están adquiriendo diversos artículos para defenderse a pesar de que no están regulados por la ley, entre ellos están el gas pimienta, el cual provoca irritación, tos y un poco de asfixia, también tenemos el teaser o paralizador de bolsillo, éstos son recargables y tienen forma de un perfumero, una brocha, lámpara, teléfono, etc.

Al momento en que una mujer acciona cualquiera de estos artículos para defenderse ante una agresión, no está cometiendo un delito aún y cuando le cause algún tipo de lesión a su agresor, ya que puede alegar que actuó en legítima defensa, sin embargo, la legislación no contempla la regulación de dichos objetos. Quien porte estos productos no puede ser detenido, únicamente se les decomisa.  

Es por lo antes mencionado que la Diputada presidente, Maxta Irais González Carrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional H. Congreso de la Ciudad de México, II Legislatura, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo y se adicionan los párrafos segundo y tercero del artículo 251 del Código Penal para el Distrito Federal. en materia de defensa personal de las mujeres, ya que hasta el momento el uso del gas pimienta y teaser, no está reglamentado, el cual a la letra dice:

TEXTO VIGENTEPROPUESTA DE REFORMA
Artículo 251. A quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, atendiendo a las referencias de tiempo, modo y lugar, se le impondrá prisión de tres meses a tres años o de noventa a trescientos sesenta días multa.  

Los servidores públicos podrán portar las armas necesarias para el ejercicio de su cargo, sujetándose a la reglamentación de las leyes respectivas.
ARTÍCULO 251. A quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades, laborales, recreativas o para defensa personal atendiendo a las referencias de tiempo, modo y lugar, se le impondrá prisión de tres meses a tres años o de noventa a trescientos sesenta días multa.
 
Para efectos del presente artículo, se consideran instrumentos de defensa personal los dispositivos de electrochoques y de gas pimienta.   Las mujeres podrán portar y utilizar para su defensa personal dispositivos de electrochoques y de gas pimienta.

Con esta iniciativa es evidente que se propone reformar el primer párrafo del citado artículo, con lo que se permitirá que las mujeres puedan portar y utilizar para su defensa personal, los dispositivos de electrochoques y de gas pimienta, aunque son considerados para agredir. Además, se adicionarán los párrafos segundo y tercero, para establecer que dichos instrumentos se consideran para defenderse ante cualquier tipo de agresión.

Derivado de la presentación de dicha reforma, en entrevista ante algunos medios de comunicación, Maxta Irai Gonzalez, integrante del Grupo Parlamentario del PRI en el Congreso de la CDMX, señaló:

“…Actualmente se utilizan no es un tema que desconozcamos, pero su venta es ilegal, entonces que es lo que tenemos que hacer legalizar el uso de estos dispositivos para que también ellas, en su momento, si se llega el caso, actuar o decir que fue en legítima defensa”.

Así también se pronunció al respecto Oscar Mayen, Director de la Policía Metropolitana, Fuerza de Tarea de la SSCDMX, quien dijo: “…Están tipificados como armas incapacitantes no letales; la misma Secretaría no los usa, precisamente por eso”.

Ahora bien, considero que la iniciativa en comento, está justificada debido a la alta incidencia de violencia contra las mujeres, violencia de todo tipo y principalmente porque es necesario que tengan mayor protección, en todos los sentidos y más, cuando se encuentra de por medio su integridad física o su vida.

Así mismo, no debemos olvidar que se requieren mayores y mejores políticas públicas para la implementación de programas para prevenir la violencia contra la mujer, ya que, aunque utilicen cualquier tipo de instrumentos para defenderse, no se resuelve el problema y, desafortunadamente, seguiremos teniendo un alto índice de criminalidad contra las mujeres.

Los hombres temen que las mujeres se rían de ellos. Las mujeres temen que los hombres las asesinen.

Margaret Atwood

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