Una de las grandes aportaciones de la Constitución de 1917 fue la implementación del salario mínimo y las medidas protectoras al salario, entre muchas otras igual de importantes. Y fue hasta la Ley Federal del Trabajo de 1931 que se definió de la manera siguiente:
“Artículo 99.- Salario mínimo es el que, atendidas las condiciones de cada región, sea suficiente para satisfacer las necesidades normales de la vida del trabajador, su educación y sus placeres honestos, considerándolo como jefe de familia y teniendo en cuenta que debe disponer de los recursos necesarios para su subsistencia dura...
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