Inteligencia artificial: dilemas éticos, regulación y futuro del derecho

Entrevista

Entrevista para Foro Jurídico a José Francisco de Villa Soto

La inteligencia artificial se ha convertido en un fenómeno cotidiano que incide directamente en la forma en que se producen decisiones públicas y privadas. Para la abogacía, la inteligencia artificial desafía categorías tradicionales como la responsabilidad, la causalidad, el debido proceso, la confidencialidad, la autoría, entre otras. Su incorporación en despachos, tribunales, administraciones públicas y empresas obliga a replantear los límites entre eficiencia y justicia, automatización y control humano, innovación y derechos fundamentales.

En este contexto, Ligia González conversó con José Francisco de Villa Soto, abogado constitucionalista y especialista en regulación, ofrece una reflexión profunda sobre la inteligencia artificial desde una perspectiva jurídica, ética y democrática. A lo largo de esta entrevista, el autor analiza los principales modelos regulatorios internacionales, los criterios judiciales emergentes en México, los lineamientos éticos de las barras de abogados y los riesgos que supone delegar decisiones relevantes a sistemas algorítmicos opacos. A continuación, presentamos lo más relevante de la entrevista.

Foro Jurídico (FJ): ¿Qué es la inteligencia artificial desde una perspectiva jurídica y por qué debería interesarle a la abogacía?

José Francisco de Villa Soto (FV): La inteligencia artificial es un hecho jurídico en el sentido más clásico del término: surge antes que su regulación y transforma la realidad jurídica. Desde el derecho, podemos acudir a definiciones normativas, como la del Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea, que la entiende como un sistema basado en máquinas, diseñado para operar con distintos niveles de autonomía, capaz de inferir a partir de datos y generar resultados como contenidos, predicciones, recomendaciones o decisiones que influyen en entornos físicos o virtuales. Traducido a un lenguaje más accesible, se trata de sistemas que procesan información, aplican algoritmos y producen respuestas, imágenes, textos o decisiones.

Es relevante para la abogacía porque atraviesa prácticamente todas las áreas del derecho: consultoría, litigio, impartición de justicia, seguridad, gobierno y asesoría corporativa. Hoy se utiliza para analizar datos, redactar documentos, apoyar decisiones judiciales.  e incluso para fines militares en algunos países, donde algoritmos determinan objetivos de ataque. Pero hay países en guerra en los que la inteligencia artificial se usa para decidir qué objetivos atacar. Esto último abre dilemas éticos profundos, porque implica que decisiones con consecuencias mortales ya no pasan directamente por la deliberación humana.

La inteligencia artificial es un hecho jurídico: apareció antes que su regulación y hoy transforma todas las áreas del derecho.

FJ- ¿Cuáles son los principales cuestionamientos éticos que plantea este uso de la inteligencia artificial?

FV- Uno de los principales problemas es que los algoritmos no son neutrales porque reflejan los sesgos cognitivos de quienes los diseñan. Existen estudios que muestran cómo sistemas desarrollados en distintos países pueden inclinar sus respuestas conforme a valores o intereses específicos. En un Estado democrático, la pregunta es quién decide qué valores se programan y con qué legitimidad. Además, cuando estas herramientas se utilizan en despachos o tribunales, surgen dilemas sobre confidencialidad, consentimiento informado y facturación. ¿Debe el cliente saber que se está usando inteligencia artificial? ¿Debe consentir que sus datos se suban a servidores externos? ¿Se le cobra el tiempo de la herramienta o el del abogado? Son cuestiones nuevas que exigen respuestas éticas claras.

La inteligencia artificial tiene diferentes candados y según el proveedor, por ejemplo, Chat GTP, tiene diferentes filtros, además sí tenemos esquemas de orden, de protección, de desarrollo podríamos tener ciertos filtros deónticos de cómo pueden a las personas, protegerse a sí mismas y proteger a las demás.

FJ- ¿Cómo se está regulando la inteligencia artificial en el ámbito internacional y dónde se ubica México?

FV- A nivel internacional ya se está conformando un corpus juris relevante sobre el uso de la inteligencia artificial. Organismos como la UNESCO, la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de los Estados Americanos han creado comisiones y emitido directrices para enfrentar los riesgos y desafíos que plantea esta tecnología. La Unión Europea ha avanzado con un modelo claramente garantista, orientado a la protección de derechos humanos y a la supervisión de los sistemas automatizados.

Este enfoque contrasta con visiones más reticentes a regular de manera estricta, como ocurre en Estados Unidos, particularmente en California, donde se ha argumentado que una regulación intensa puede elevar costos y frenar la innovación tecnológica. Sin embargo, desde una perspectiva de derechos humanos, la falta de regulación implica permitir que sistemas con sesgos cognitivos tomen decisiones que pueden discriminar y profundizar desigualdades. Existen ejemplos claros de programas automatizados que, por su diseño, atribuyen mayor peligrosidad a ciertas personas por razones como el color de piel, o de sistemas de reclutamiento que excluyen perfiles sin mecanismos efectivos para evitar la discriminación.

En América Latina, el Índice Latinoamericano de Inteligencia Artificial elaborado por la CEPAL ubica a México como un país adoptante, lo que significa que ya está incorporando estas tecnologías, pero todavía enfrenta retos importantes en gobernanza, infraestructura y formación de talento especializado. El desafío no es solo tecnológico, sino normativo y ético: cómo aprovechar la inteligencia artificial sin dejar de proteger derechos ni trasladar decisiones relevantes a sistemas opacos.

No se puede delegar la justicia a una máquina: toda decisión automatizada debe tener supervisión humana y responsabilidad profesional

FJ- ¿Qué están diciendo los tribunales sobre el uso de inteligencia artificial?

FV- En México ya existe un criterio relevante, publicado en agosto de 2025 en el Semanario Judicial de la Federación, que establece que el uso de inteligencia artificial en procesos jurisdiccionales debe observar al menos cuatro pautas: proporcionalidad e inocuidad, protección de datos personales, transparencia y explicabilidad, y supervisión humana. Aunque no es jurisprudencia, marca una ruta clara: la inteligencia artificial no puede operar sin control humano ni sin responsabilidad. No se puede delegar completamente la decisión a una máquina. No es como dejo a la inteligencia artificial que haga y no ni siquiera me doy a la tarea de leer lo que estoy aprobando o presentando como una resolución.

En una mirada global, la encuesta de la UNESCO “Survey on the Use of IA System by Judicial Operators” que se aplicó a operadores judiciales en 96 países, detectó que el 44% ya utilizaba herramientas para tareas laborales, pero es curioso porque solo el 9% de las instituciones judiciales reportaba contar con directrices o capacitación sobre la IA.

FJ- Desde la ética profesional, ¿cuáles son los retos más importantes para la abogacía?

FV- Diría que hay tres momentos clave: antes, durante y después del uso de la inteligencia artificial. Antes, garantizar el consentimiento informado del cliente; durante, preservar el secreto profesional y la confidencialidad; después, verificar los resultados para evitar errores y ser transparente sobre cómo se utilizó la herramienta. Esto no es una ocurrencia personal: la American Bar Association emitió en 2024 su Opinión Formal 512, que exige competencia, supervisión, confidencialidad, transparencia y responsabilidad en el uso de inteligencia artificial generativa. La Barra Mexicana, Colegio de Abogados, ha seguido una línea similar, dialogando con estos estándares internacionales y de ética como como las obligaciones de verificación humana, protección de datos, transparencia con los clientes y tribunales. Esto muestra que hay un diálogo tanto en el sector privado, que son los despachos, como en el ámbito internacional y nacional, vemos un corpus juris, por decirlo así, de Barras en las cuales están generando ciertos estándares con puntos en común.

FJ– La inteligencia artificial no tiene un control ético por sí misma. ¿Cómo se puede traducir la ética a un sistema binario, a números y algoritmos?

JV- Esta pregunta nos lleva a un debate que no es nuevo, sino profundamente histórico, y que tiene que ver con la filosofía política, la teoría del derecho y la teoría de la justicia. Al final, lo que estamos discutiendo es cómo se toman decisiones en sistemas donde existen voluntades distintas y, muchas veces, encontradas. Algunos enfoques dirían que se trata de una lucha de contrarios o incluso de un sistema de opresión; otros sostendrían que debe buscarse aquella decisión que, si uno estuviera en el lugar del otro, resultara menos lesiva.

Si pensamos en un Estado democrático y de derecho, la clave no está en que la inteligencia artificial “reciba ética”, sino en que el sistema que la diseña establezca consensos claros. Las decisiones tienen que tomarse porque los recursos son limitados, el tiempo es limitado y los problemas existen. Una salida posible es transparentar los algoritmos, explicar los sesgos y hacer comprensibles los criterios con los que se están tomando decisiones, aun cuando la mayoría de la población no sea experta en programación. Cuando no es posible definir de manera absoluta qué es lo mejor, al menos debe quedar claro bajo qué criterios se decidió y quién asumió esa responsabilidad, sin perder de vista la obligación de proteger a los más vulnerables y de preservar una esfera de lo indecidible que no puede quedar en manos de una máquina.

FJ- En ese contexto, ¿cuáles son los riesgos más graves cuando la inteligencia artificial opera sin límites claros o fuera de cualquier marco regulatorio?

FV- El mayor riesgo no está necesariamente en los sistemas que están registrados, regulados o que cuentan con controles éticos, sino en aquellos que operan fuera de cualquier supervisión, particularmente en espacios como la deep web. Ahí existen programas sin filtros que están produciendo conductas gravísimas, como la generación de material sexual con rostros de menores, que luego se distribuye de manera prácticamente imposible de rastrear. Son sistemas que escapan a la regulación estatal y que no tienen ningún tipo de contención ética.

Esto obliga al Estado a tomar decisiones informadas, a fortalecer sus capacidades de vigilancia cibernética y a reconocer que el problema es global. Las empresas que desarrollan estas tecnologías son transnacionales, los servidores están en distintos países y los sistemas no conocen fronteras. Por eso, la única salida realista es construir acuerdos internacionales que establezcan límites mínimos y exigencias comunes. De lo contrario, la inteligencia artificial puede terminar tomando decisiones económicas, industriales o de seguridad que generan daños graves, y cuando ocurre un accidente nadie quiere asumir la responsabilidad: el programador dice que no lo decidió, la empresa culpa al sistema y el sistema no responde. Ahí es donde el derecho, con categorías como responsabilidad objetiva, causalidad y transparencia, tiene que volver a entrar con fuerza.

El mayor riesgo no es usar inteligencia artificial, sino dejar de leer y asumir lo que se firma.

FJ-¿Qué recomendación básica darías a las y los abogados frente a la inteligencia artificial?

FV- Puede parecer obvio, pero es fundamental: no dejen de leer lo que entregan. La inteligencia artificial es una herramienta poderosa, pero no sustituye el juicio profesional ni la responsabilidad ética. Todo lo que se use debe ser revisado, comprendido y asumido por quien firma. La duda, el cuestionamiento y la supervisión humana siguen siendo indispensables.

Semblanza: José Francisco de Villa Soto es abogado egresado de la Escuela Libre de Derecho, especialista en Derecho Constitucional y maestro en Derecho por la UNAM, con mención honorífica. Cuenta con estudios en la University of California en San Diego y con el certificado CS50 Computer Science for Lawyers de Harvard University. Ha desarrollado su trayectoria en el ámbito académico, judicial y en organismos nacionales e internacionales, y actualmente es profesor en la Maestría en Derecho Constitucional de la Escuela Libre de Derecho y colaborador de la Auditoría Superior de la Federación en materia de relaciones multilaterales.

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