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Entendiendo el populismo penal con el caso Tlahuelilpan

Combatir el crimen en un país como México es sumamente complejo. Por una parte, es una realidad que nacer en los estratos sociales más bajos es casi una condena para continuar ese ciclo, de ahí que el crimen organizado sea la única oportunidad para escalar socialmente. Por otro lado, el Estado perdió presencia en gran parte del territorio, en nuestro país el “law enforcement” es casi un mito, ello quiere decir que a pesar de que tenemos leyes que regulan casi cada aspecto de la vida en sociedad, estas no se aplican de manera premeditada o por falta de capacidad.

Tomando en cuenta lo anterior, combatir al crimen no es salir a detener en flagrancia a los delincuentes con violencia, es realizar investigaciones serias, es recolectar pruebas que permitan enjuiciar a todos los involucrados, es respetar los derechos de los detenidos para llevarlos a la justicia, es rastrear los flujos de dinero, detectar los incentivos que pueden disuadir estas conductas, y escalar hasta el origen del crimen, sin importar que se llegue a empresarios o políticos de cualquier nivel.

La respuesta más sencilla para nuestros gobernantes o legisladores ha sido endurecer la política penal. Es muy sencillo para ellos decir que se está combatiendo el delito de “moda” al endurecer sus penas. Un claro ejemplo es el secuestro, que de acuerdo con la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, puede alcanzar una pena de 100 años de cárcel. Sin embargo, a pesar de que esas penas existen casi desde el 2010, de acuerdo con la asociación civil “Alto al Secuestro” entre diciembre de 2012 y marzo de 2018 hubo un total de 10,898 secuestros reportados.

El incremento en las penas no tuvo ningún efecto positivo en el combate a este crimen tan grave, pues a los criminales no los disuade una sanción que saben que no les será aplicada. Contrario a ello, lo que sí generan estas penas son incentivos perversos. Por ejemplo, un secuestrador de 40 años, que sabe que puede recibir una pena de hasta 100 años, está consiente de que si es detenido no saldrá con vida de la cárcel, de ahí que, en su análisis racional, ante cualquier eventualidad no dude en asesinar a su principal testigo, el secuestrado.

Las medidas mexicanas contrastan con las establecidas en Alemania, en donde las mayoría de los delincuentes no purgan una pena mayor a 15 años de cárcel, salvo que se considere que siguen representando un riesgo para la sociedad, o que cometieron crímenes contra la dignidad humana, pues ahí demuestran que lo verdaderamente importante es que los delincuentes sean juzgados y castigados. Es innecesario señalar el índice de cumplimiento de las leyes y las tasas de delincuencia de ese país.

Una manera reciente en que vemos cómo se utiliza este populismo penal son las reformas propuestas a artículo 19 constitucional que buscan que se otorgue prisión preventiva oficiosa a quienes cometen los delitos de uso de programas sociales con fines electorales, corrupción por enriquecimiento ilícito y delitos en materia de robo de hidrocarburos. Esto implica que cualquier persona que sea acusada de cometer esos delitos, llevará todo el proceso judicial en la cárcel, sin derecho a fianza, y sin importar las circunstancias de la comisión, aun cuando al final se determine que es inocente. Bastará una acusación para ir a prisión.

Lo anterior es relevante mencionarlo, pues la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos sanciona con pena de 20 a 30 años de cárcel a quien aproveche hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento. En este sentido, si las reformas propuestas se aplicaran, la Fiscalía General de la República debiera iniciar acciones penales contra quienes sobrevivieron la grave explosión del ducto de Tlahuelilpan, y una vez que dejen de tener un estado de salud grave, ser trasladados a los hospitales de los centro de reinserción social, o a población general cuando ya no necesitaran de los servicios médicos, para que desde dentro lleven el procedimiento judicial.

Pareciera que en el caso concreto la aplicación de la ley no es justa, que no es necesario que quienes aprovecharon algunos litros de gasolina y sufrieron graves quemaduras por ello, además sean encarcelados en los que se lleva su procedimiento, y juzgados de 20 a 30 años de cárcel. En concordancia con ello, el Presidente López Obrador señaló que no se van a iniciar procesos contra ellos (a pesar de que no depende de él, pues es facultad de la Fiscalía General de la República la persecución de estos delitos).

Lo que el Presidente olvida, es que él solicitó a su bancada la modificación al artículo 19 constitucional, para establecer como regla sin excepciones que quienes son acusados de estos delitos lleven sí o sí el proceso judicial en la cárcel. Estas reglas no contemplan circunstancias particulares, que alguien pueda ser acusado de manera injusta y falsa, que no haya pruebas suficientes de su comisión, o que como en el caso concreto, ya hubieren sufrido demasiado por sus actos.

Pareciera que el Presidente no sabe lo que pidió, lo cual es grave, pues ademas el día de ayer, Mario Delgado, coordinador de Morena en la Cámara de Diputados señaló que su bancada busca que más delitos sean merecedores de prisión preventiva oficiosa.

 

 

 

 

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