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Crónica en tres asaltos: De la pista de esgrima hasta los tribunales

Sentencias de la Corte

Un falso positivo, un sueño olímpico roto y la responsabilidad de la CONADE frente a los atletas que representan a México

En el deporte y en los tribunales la precisión es clave, cada decisión es fundamental.  Esta es la historia de una esgrimista mexicana que, después de años de sacrificios, vio cómo un falso positivo de dopaje truncó su sueño olímpico.  En lugar de rendirse, decidió confiar en el sistema judicial. En tres asaltos, de la pista de esgrima a los tribunales, esta atleta no solo luchó para demostrar que no había tomado sustancias prohibidas, sino también para que las instituciones asumieran la responsabilidad por el daño que le causaron.

Saludo

Antes de ponerse en guardia, hay un saludo. Las esgrimistas se colocan frente a frente, bajo el brazo, la careta; en la otra mano, el sable. El saludo es un gesto preciso: la punta del arma se eleva ante el rostro, avanza hacia el oponente y luego regresa con elegancia a su posición inicial. Es un acto de reconocimiento y respeto, a la vez que una promesa: que gane el mejor, que sea una pelea justa.

La esgrimista saludó miles de veces en pistas de todo el mundo. Aprendió a saludar en francés, en inglés y en italiano. Saludó a sus oponentes, a los árbitros, a las personas que acudieron a los encuentros. Siempre que se ponía la careta cerraba los ojos y saludaba su sueño: una medalla olímpica colgada del cuello y una bandera mexicana ondeando detrás.

Empezó a los cinco años. Llevaba meses viendo entrenar a sus hermanas y su madre cuando agarró un sable por primera vez. Empezó entrenando tres veces por semana y muy pronto comenzó a participar en competencias infantiles. Regresaba a casa con medallas que tintineaban, pequeñas grandes pruebas de que su sueño comenzaba a tomar forma.   

Acudió a campamentos, cruzó océanos. Dejó su ciudad, Querétaro, y se instaló en Portland, Estados Unidos, más tarde voló a Roma, Italia. Entrenó con los mejores. Aprendió a anticipar movimientos, a leer cuerpos, a vaciar la mente. Todo con un solo fin: clasificar a las olimpiadas.

Y lo logró. Clasificó a Río 2016 –primero en individual, luego por equipos– el saludo al sueño estaba cumplido. Había que ponerse en guardia, pues el combate estaba a punto de comenzar.  

En Guardia

El cuerpo se pliega, los pies buscan su ángulo, el brazo se extiende. Ella nunca pensó que el combate que definiría su carrera como esgrimista mexicana no lo libraría con un sable.

En Panamá, a unas pocas semanas de su viaje a Río de Janeiro –programado para el 3 de agosto– la deportista participó en el Campeonato Panamericano de Esgrima, donde entregó muestras de orina para la realización de pruebas antidopaje, mismas que se etiquetaron con una clave numérica y las letras “A” y “B”. Estas muestras, siguiendo el procedimiento habitual, serían enviadas a un laboratorio acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje (WADA, por sus siglas en inglés), donde serían analizadas en busca de cualquier rastro de sustancias o métodos prohibidos en el deporte.

Contrario a lo acostumbrado en la práctica, en esa ocasión no la acompañó ningún médico de la Federación Mexicana de Esgrima (FME) o de la Comisión Nacional del Deporte (CONADE) para apoyarla a registrar correctamente los medicamentos que había tomado.  Así, sola, la esgrimista declaró en el formulario de control de dopaje que había tomado dramamine. Nada raro ni prohibido, solo un antihistamínico de uso común para prevenir y tratar las náuseas, el vómito y el vértigo causados por el movimiento.

Pero el laboratorio de la CONADE, que fue el encargado de analizar las muestras, no lo vio así.

“Un mes después, mientras desayunaba, le llegó un correo electrónico del director de la Comisión Antidopaje de la FIE. Decía: ‘Modafinilo positivo. Estás suspendida como atleta profesional. No podrás competir en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016’.”

Un mes después, mientras desayunaba, le llegó un correo electrónico del director de la Comisión Antidopaje de la Federación Internacional de Esgrima (FIE). Decía: “Modafinilo positivo[1]. Estás suspendida como atleta profesional. No podrás competir en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016”.

Así, de un momento a otro, la esgrimista bajó la guardia y pasó al ataque.

Primer Asalto

En los asaltos de esgrima cada paso tiene peso. No hay movimientos vacíos, ni desplazamientos inconscientes. El cuerpo se convierte en lenguaje y el suelo en el papel donde se escribe una historia de precisión, estrategia y coraje.

El correo que recibió la esgrimista tenía un archivo adjunto titulado “respuesta”. Dentro había dos opciones. La primera: “Acepto los resultados de mi muestra A y renuncio a mi derecho de abrir la muestra B”. La segunda: “No acepto los resultados de mi muestra A y pido que se abra mi muestra B”. Lo imprimió y marcó con una “X” la segunda opción. Lo firmó y lo envió. La esgrimista avanzó. “No iba a aceptar haber tomado algo que no tomé”, declararía después.

Al siguiente día, el 29 de julio de 2016, comenzaron a llegar los mensajes a sus redes sociales. Twitter, Facebook, Instagram: todos los espacios se volvieron ventanas en las que otros aventaban piedras: “cochina”, “tramposa”, “que te mueras”. Gente que no conocía su historia la juzgaba con saña. Años de disciplina, esfuerzo, sacrificio, transformados en sospecha de la noche a la mañana. A decir suyo, esos mensajes afectaron sus sentimientos, su honor, su vida privada y la forma en que los demás la veían. La esgrimista dio un paso para atrás.  

El 31 de julio volvió a defenderse. Convocó a los medios y en conferencia de prensa dio su versión de los hechos. No se iba a quedar callada. El 4 de agosto el laboratorio de la CONADE analizó la muestra “B” y adujo de nuevo que tenía presencia de modafinilo.

Touché. El 5 de agosto se inauguraron en el Estadio Maracaná los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016. Tres días después, en la Arena Carioca 3 de la ciudad, se realizó la prueba en la que participaría la esgrimista.

Apoyada por la Federación Internacional de Esgrima, la atleta se empeñó en demostrar que no había ingerido ninguna sustancia prohibida y para ello gestionó que sus muestras fueran enviadas a Alemania para que las analizara un laboratorio distinto, uno sin relación con las autoridades deportivas mexicanas.

Los resultados hablaron por sí solos. El laboratorio alemán determinó que lo detectado en las muestras de la esgrimista no era modafinilo, sino que el rastro químico que había levantado la alerta correspondía al dimenhidrinato, principio activo del dramamine, que la esgrimista había declarado. Era una coincidencia molecular, un falso positivo.

“El laboratorio alemán determinó que lo detectado en las muestras de la esgrimista no era modafinilo, sino que el rastro químico que había levantado la alerta correspondía al dimenhidrinato, principio activo del dramamine, que la esgrimista había declarado.”

Touché. Con ese dictamen en mano, la FIE cerró el caso, levantó la suspensión y la inocencia de la esgrimista fue reconocida oficialmente. Pero ya era tarde. El daño ya estaba hecho.

Derivado del análisis, el laboratorio alemán recomendó al mexicano revisar sus métodos con “condiciones analíticas mejoradas” y en noviembre de 2016 la WADA retiró la acreditación al laboratorio mexicano.

Touché. Tras lo sucedido, la esgrimista volvió a competir y en 2017, en Montreal, se coronó con dos oros panamericanos: uno individual y otro por equipos. Sin embargo, después de la temporada de ese año, la Federación Mexicana de Esgrima no la volvió a convocar a ninguna competencia internacional.

Ante el exilio deportivo tomó una decisión radical: renunciar a su nacionalidad para no renunciar a su sueño. En julio de 2019, volvió a la escena internacional bajo una nueva bandera: la de Uzbekistán, nación que la acogió y a la que ahora representa en cada combate.

Segundo Asalto

En el segundo asalto, ya no hay margen para la sorpresa. No hay movimientos nuevos, solo variaciones sobre lo conocido. Es aquí donde empieza la verdadera pelea: la que no depende del talento ni del azar, sino de la resistencia. De quién aguanta más. De quién duda menos.

En 2018, la esgrimista presentó una demanda civil, no por revancha, sino por principio. Ese “falso positivo” del laboratorio de la CONADE le había costado mucho. No solo la dejó fuera de los Juegos Olímpicos, sino que le costó su imagen pública y su prestigio. La privó del financiamiento de sus patrocinadores. La convirtió en blanco de burlas, insultos y amenazas. Dañó su salud emocional, su estabilidad económica, su vida privada y la obligó a cambiar de nacionalidad para poder seguir compitiendo.

La esgrimista solicitó el pago de una indemnización por daño moral y daños y perjuicios. Exigió que se reparara el daño. La CONADE negó todos los hechos para revertir la carga de la prueba[2] hacia la atleta, esto es, obligarla a demostrar que ellos habían actuado con negligencia. Se puso a la defensiva: alegó incompetencia del juzgador, falta de legitimación, improcedencia y otras cosas. Incluso aseguró que no existía ninguna prueba de que su laboratorio hubiera actuado con negligencia y sostuvo que el análisis del laboratorio alemán era una “segunda opinión”, sin valor jerárquico sobre el resultado mexicano.

El juez revisó los hechos, las pruebas, el contexto y dictó sentencia: sí hubo daño y sí hubo responsabilidad. La CONADE debía pagar.

Touché. Punto para la esgrimista. Al analizar el caso el juez dejó claro que el punto central del litigio era la actuación negligente de las autoridades deportivas, quienes reportaron erróneamente la presencia de una sustancia prohibida. Por lo anterior, aplicó el principio de facilidad y proximidad de la prueba: quien tiene los medios, tiene la obligación. Y en este caso, quien tenía las muestras, los protocolos, los recursos tecnológicos y humanos, era la CONADE. Por tanto, debía ser esta quien soportara la carga de la prueba y demostrara, sin margen de duda, que no actuó con negligencia. Cosa que no hizo.

“El juez dejó claro que el punto central del litigio era la actuación negligente de las autoridades deportivas, quienes reportaron erróneamente la presencia de una sustancia prohibida. Por lo anterior, aplicó el principio de facilidad y proximidad de la prueba: quien tiene los medios, tiene la obligación.”

En su cuenta de Instagram, la esgrimista compartió sus sentimientos hasta ese momento. Dijo que se sentía agotada, decepcionada y frustrada, pero que, a pesar de todo, seguía luchando para que ningún atleta mexicano se enfrentara a una situación similar.

La autoridad deportiva apeló. Alegó que el juez le había exigido probar algo que no se le advirtió que debía probar y que le habían cambiado las reglas a mitad del juego. El caso llegó a un Tribunal Colegiado. Allí las cosas dieron un giro.

Los magistrados del colegiado avalaron el argumento de la CONADE que aseguraba que la institución no pudo prever que se revertiría la carga de la prueba hasta que ya se había dictado la sentencia, lo cual la dejaba en estado de indefensión y en una situación de inseguridad jurídica que le había impedido organizar bien su defensa. Ordenaron reponer el procedimiento.

Touché. Punto para la CONADE.

Tercer Asalto

En los hechos, la decisión del Tribunal Colegiado le daba a la CONADE una segunda oportunidad de probar y a la esgrimista la obligaban a regresar al punto de partida. Como si el asalto anterior no hubiese existido, como si el desgaste físico y emocional no contara. Pero ella no estaba dispuesta a volver a empezar, así que levantó la mano y para el tercer asalto pidió la intervención del árbitro: la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El caso fue turnado a la ponencia de la ministra Margarita Ríos Farjat bajo el expediente Amparo Directo en Revisión 5672/2021[3]. Desde el inicio, la ministra vislumbró que no se trataba de un asunto menor: el expediente planteaba no solo una controversia legal, sino una oportunidad para presentar a sus compañeros de la Primera Sala un proyecto de sentencia que delimitara el alcance de las obligaciones de una institución pública frente a una persona que representa a México en una justa deportiva.

Así, en la sesión del 29 de marzo de 2023, la Primera Sala discutió el asunto y concluyó que no hubo una reversión sorpresiva de la carga probatoria, como había argumentado la CONADE. El juicio ordinario, dijeron las ministras y los ministros, se desarrolló conforme a las reglas del proceso civil: cada parte tuvo la oportunidad de presentar pruebas, plantear excepciones y ejercer su defensa. No se modificaron las reglas a mitad del camino, ni se sorprendió a nadie con exigencias imprevistas. Repetir el juicio, entonces, no era una forma de corregir un error procesal, era dar una ventaja a una sola parte.

Más tarde, la ministra Ríos Farjat lo explicaría de esta manera en una entrevista: “las personas juzgadoras de amparo sólo deben reponer los juicios civiles cuando el juez de instancia cambie las reglas probatorias fijadas en la ley y ello afecte a alguna de las partes, porque de lo contrario se daría ilegalmente a una de ellas la doble oportunidad de probar”.

Touché, Punto para la esgrimista.

No obstante, lo anterior y a pesar de que no se había producido una reversión formal de la carga probatoria, la Corte no dejó de señalar que sí era previsible desde el inicio que le correspondía a la CONADE probar que actuó con debida diligencia.

La CONADE no es una parte común en un litigio. Es el organismo encargado de regular y fomentar la cultura física y el deporte en México. Administra recursos públicos y por ello es de interés para la sociedad que la institución asuma una conducta procesal activa en los litigios de los que forma parte.

La Primera Sala destacó en su decisión el papel que ocupa la CONADE en el ecosistema institucional del deporte en México. Recordó que, como organismo rector de la política deportiva nacional tiene entre sus responsabilidades el impulso de logros internacionales por parte de quienes representan al país, especialmente en escenarios de alta visibilidad como los Juegos Olímpicos.

Para ello, recordó la Sala, se utilizan recursos públicos. El Estado mexicano invierte en la formación, acompañamiento y proyección de atletas de alto rendimiento. Esta inversión no es simbólica: es de interés social. En ese contexto, se vuelve indispensable que los procesos mediante los cuales se evalúa y sanciona a las personas deportistas estén respaldados por mecanismos oficiales que gocen de credibilidad. Lo anterior porque no solo está en juego el destino individual de quien compite, sino la confianza en que los recursos públicos asignados al deporte se ejercen bajo principios de legalidad, eficiencia y transparencia, y con ello la legitimidad de las instituciones responsables.

Por eso, la Corte reiteró que en este caso la CONADE, como autoridad pública que gestiona fondos federales destinados a apoyar y proyectar a atletas nacionales, debía asumir la responsabilidad de demostrar que actuó con diligencia. No como una carga excepcional, sino como parte de su deber institucional frente a la sociedad.

“La Corte reiteró que en este caso la CONADE, como autoridad pública que gestiona fondos federales destinados a apoyar y proyectar a atletas nacionales, debía asumir la responsabilidad de demostrar que actuó con diligencia. No como una carga excepcional, sino como parte de su deber institucional frente a la sociedad.”

Con eso, el árbitro habló y revocó la decisión del Tribunal Colegiado. No debía repetirse el juicio. Lo hecho, hecho estaba. El proceso debía continuar, ahora sí, hacia su resolución.

Fin del Combate

Pasaron más de cinco años y medio entre la presentación de la demanda y el cierre definitivo del proceso. Del 1 de agosto de 2018 al 1 de febrero de 2024, el expediente se movió entre escritorios, tribunales, alegatos, recursos y resoluciones. Y como todo duelo que se prolonga, no dejó espacio para la celebración, sino para el agotamiento.

No es fácil decir qué se siente al terminar una pelea tan larga. No hay júbilo. No hay trofeos. Solo queda el silencio. El que llega después del esfuerzo sostenido. Los músculos, que aprendieron a tensarse durante años, tardan en recordar cómo es aflojar. Hay alivio, sí, pero también hay desgaste.

El 1 de febrero de 2024 la CONADE emitió un comunicado. Reconoció que la sentencia dictada en su contra por daño moral ya era definitiva. Confirmó que, tras agotar todos los recursos legales, acataría la resolución: el pago de 15 millones de pesos a la esgrimista, más una indemnización por daños y perjuicios, y las costas del juicio. Añadió que el cumplimiento no implicaría el uso de recursos públicos, pues el pago se realizaría a través de una póliza de responsabilidad profesional contratada con una aseguradora.

El lenguaje fue técnico, institucional. Pero lo que decía, con otras palabras, era claro: el combate había terminado y con ello se marcó un hito en la lucha por la justicia para las personas deportistas mexicanas. Aunque la esgrimista logró la victoria, el caso dejó claro que el manejo de los procedimientos antidopaje y la responsabilidad de las instituciones deportivas deben estar sujetos a un escrutinio más riguroso. Así, la sentencia no solo restauró su honor, sino que también fortaleció las bases legales que protegen a los deportistas mexicanos.


[1]  El modafinilo es una sustancia utilizada principalmente para tratar trastornos del sueño, como la narcolepsia, el trastorno del sueño por turnos de trabajo y otros problemas relacionados con la somnolencia excesiva. Su principal función es promover la vigilia y la concentración, aumentando la actividad en ciertas áreas del cerebro. En el contexto deportivo, el modafinilo está clasificado como una sustancia prohibida por la WADA debido a su potencial para mejorar el rendimiento, especialmente en deportes de resistencia o en situaciones que requieren concentración y alerta mental.

[2] La reversión de la carga de la prueba es un mecanismo legal en el que la parte demandada, en este caso la CONADE, trata de trasladar la responsabilidad de probar los hechos a la parte demandante. Esto implicaba que fuera la esgrimista quien tuviera que demostrar que el laboratorio había actuado con negligencia, en lugar de ser la CONADE quien debía probar que su laboratorio no había cometido errores.

[3]  Resuelto en sesión de 29 de marzo de 2023, por mayoría de cuatro votos.

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