Subcontratación Ilegal en la mira

Esta misma semana se ha anunciado la integración de un grupo de trabajo interdisciplinario, conformado por diversas entidades gubernamentales, entre ellos la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Servicio de Administración Tributaria, el INFONAVIT, la Procuraduría Fiscal de la Federación e incluso la mismísima Unidad de Inteligencia Financiera, ello con el objeto de combatir y erradicar la Subcontratación Ilegal, según sus propios informes.

No podemos evitar, ante este informe remitirnos a lo sucedido a principios de diciembre del año pasado, cuando el tema de la Subcontratación provocó un sinfín de controversias en torno a la propuesta de modificación ingresada por el Senador Gómez Urrutia, misma que demostró no estar unificada dentro de su propia bancada, lo que resultaba lógico, ya que es el propio Gobierno Federal el mayor cliente de subcontratación de nuestro país, al grado que los abogados del medio esperamos ansiosos la apertura del parlamento abierto para discutir el tema.

[Más del autor: Datos Personales en la Reforma Laboral]

Así las cosas, este grupo de trabajo, primeramente, distingue la subcontratación legal de la ilegal, haciendo mucho hincapié en lo contenido en los artículos 15-A al 15-D de la Ley Federal del Trabajo, menciono tanto la Secretaria del Trabajo como el Director General del IMSS, que se estima existen alrededor de seis mil empresas de subcontratación ilegal que vulneran los derechos de los trabajadores en cuanto a acceso de prestaciones de seguridad social. Así mismo dijeron estimar que la defraudación fiscal por estos actos supera los 21 mil millones de pesos anuales y es justo en este punto fino donde comenzamos a hilar la relación Laboral-Fiscal.

Este grupo de trabajo ha indicado que se perseguirá a la subcontratación ilegal a través de la instauración y endurecimiento de mayores Inspecciones por parte de la STPS como punta de lanza, mismas que en caso de detectar anomalías; darán cuenta a las entidades fiscales para el inicio de investigaciones y medidas financieras aplicables.

Ahora, esto es ¿bueno?, ¿malo?, ¿realmente ayuda a salvaguardar los derechos de los trabajadores? Esta autoría siempre va a velar por la legalidad y su correcta aplicación, sin embargo, tristemente debemos concluir que las figuras laborales no se están utilizando para otra cosa sino para abrir camino a la inquisición fiscal, ¿esto por qué?, siempre hemos manifestado la necesidad de profesionalizar la figura de la Inspección del Trabajo y más si va a ser el paso inicial de esta regulación. Recordemos que el artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo, exige en sus fracciones II y IV como requisitos para ser Inspector del Trabajo: “Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes;” y “Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones;” nos parece paupérrimos requisitos para poner en manos de quienes serán los primeros investigadores de posibles faltas a la legislación laboral, ya que al no ser altamente especializados su interpretación acerca de cumplimientos o faltas podría ser incompleto, pudiendo exponer a multas e investigaciones abusivas a los patrones, máxime que ello aún queda lejos de resarcir a los trabajadores derechos incumplidos, ¿esto por qué?, por la sencilla razón de que un procedimiento contencioso administrativo a la hora de condenar, no contempla reparto a los trabajadores, así que el patrón queda sujeto a una fiscalización poco profesional y atinada y los trabajadores siguen sin ver resueltos la aplicación de sus derechos.

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