El arte de la innovación se relaciona íntimamente con la creatividad humana y nos permite como especie continuar avanzando hacia la siguiente frontera tecnológica y de mayores beneficios para la humanidad y nuestro planeta. Tecnologías disruptivas como el internet o la Inteligencia Artificial han revolucionado la manera en cómo las personas realizamos nuestras actividades diarias, mientras ello ocurre el uso de estas tecnologías crea nuevas situaciones que pueden poner en riesgo a las personas, sus bienes o sus derechos y que deben ser abordadas por el Estado.
“Debido a la capacidad de la neurotecnología de vulnerar lo más íntimo de una persona, surge la imperiosa necesidad de que el Estado amplíe las salvaguardas vigentes para la protección de los derechos y prevenga cualquier manipulación o explotación no autorizada del ser, su mente y su cerebro.”
El desarrollo de estas novedosas tecnologías y las posibilidades que acarrean de un futuro más próspero nos exigen también impulsar su estudio y creación. Por ello la necesidad de que el Estado cuente también con acciones estratégicas que fomenten su investigación, uso y desarrollo de forma ética y respetuosa con los derechos humanos. Esta tensión simultánea entre el desarrollo e innovación tecnológica y la cautela sobre los riesgos que estas tecnologías pueden tener en el ejercicio pleno de los derechos humanos exigen que, desde el espacio público, se diseñen normas y políticas públicas robustas que delimiten de manera precisa sus principios y alcances.
Actualmente, el mundo se encuentra deliberando sobre las maneras más acertadas de atender los grandes desafíos del siglo XXI[1], entre la prudencia que se requiere a la hora de legislar tanto a nivel nacional como internacional y la acelerada velocidad con la que ocurren los cambios en la sociedad digital. Dentro de estos debates se encuentra el tema de las neurotecnologías y la protección a los neuroderechos[2]. Una neurotecnología es cualquier aparato o procedimiento que, de manera directa o indirecta, invasiva o no invasiva, evalúe, acceda, manipule o modifique la anatomía o fisiología de cualquier persona o realice un tratamiento de los datos neurológicos. Esto es cualquier dispositivo que pueda manipular el cerebro, la mente o el sistema nervioso.
Es debido a la capacidad que tienen estos dispositivos de vulnerar lo más íntimo de una persona que surge la imperiosa necesidad de que el Estado amplíe las salvaguardas vigentes para la protección de los derechos y prevenga cualquier manipulación o explotación no autorizada del ser, su mente y su cerebro. Aunque pareciera que estas tecnologías aún se encuentran lejanas[3], en el futuro próximo se prevén dos posibles escenarios, por un lado, el desarrollo de estas tecnologías se desacelerará debido a sus altos costos o por los impactos indeseados que generen en la población o, por el contrario, su uso será exponencial, cada vez más accesible y simplificado, siendo el último el más probable. Por ello, sumado a la larga lista de pendientes en la agenda nacional que requieren ser atendidos de forma urgente por la nueva administración y por la nueva Legislatura, se suman los retos globales de nuestra era y bajo un contexto de incertidumbre jurídica global[4].
Al respecto, el 17 de julio de 2024 se presentó en el Senado de la República una propuesta de Ley General de Neuroderechos y Neurotecnologías por parte de la senadora Alejandra Lagunes[5] que presenta una respuesta integral ante la incertidumbre sobre cómo abordar esta situación desde la ley en nuestro país. Esta iniciativa que expide la Ley General y reforma 35 ordenamientos vigentes representa un paso significativo en la legislación mexicana y complementa la propuesta de reforma constitucional presentada por diversas legisladoras y legisladores en septiembre de 2023, que faculta al Congreso de la Unión a expedir leyes generales en materia de Neuroderechos, Ciberseguridad e Inteligencia Artificial.
“El 17 de julio de 2024 se presentó en el Senado de la República una propuesta de Ley General de Neuroderechos y Neurotecnologías por parte de la senadora Alejandra Lagunes que presenta una respuesta integral ante la incertidumbre sobre cómo abordar esta situación desde la ley en nuestro país.”
La elaboración de esta propuesta exigió abordar la temática de los neuroderechos y neurotecnologías con la amplitud que requiere y bajo una perspectiva multidisciplinaria. En el proceso de elaboración de este producto legislativa se contó con la colaboración de más de 20 expertos y expertas nacionales e internacionales que discutieron los alcances y las limitaciones que existen en la normativa vigente en México respecto de la protección de los derechos de las personas, así como las necesidades normativas para que el Estado cuente con los mecanismos necesarios para ejercer su facultad reguladora en las distintas materias que impactarán estas tecnologías.
El uso de neurotecnologías en México plantea oportunidades en múltiples ámbitos como en sus usos médicos y terapéuticos, sus usos en materia de seguridad o en el sistema de justicia, pero también representan un enorme reto en otras materias donde estas tecnologías pueden profundizar las brechas existentes en la tutela efectiva de los derechos como es la protección de los datos personales, particularmente los datos personales sensibles de las personas que las utilicen o en materia de igualdad y no discriminación que podría generar su uso inequitativo.
“El uso de neurotecnologías en México plantea oportunidades en múltiples ámbitos como en sus usos médicos y terapéuticos, seguridad o en el sistema de justicia, pero también representan un enorme reto en otras materias donde pueden profundizar las brechas existentes en la tutela efectiva de los derechos como es la protección de los datos personales.”
Con lo anterior en mente, la iniciativa tiene un alto contenido social que pretende desde la norma, prevenir y atender los retos que existen en cuanto al acceso y asequibilidad de estas tecnologías y construir políticas para reducir las posibles brechas que puedan generar, esto incluye disposiciones específicas para la protección de grupos en situación de vulnerabilidad incluidas personas con discapacidad, niñas, niños y adolescentes y personas adultas mayores.
El texto propone la creación de una Comisión de Neuroética y Neuroderecho que dependerá del Ejecutivo Federal. Esta comisión será la entidad rectora y experta en la materia que oriente la creación de disposiciones y políticas, y autorice el uso de neurotecnologías en el país. Se toma como eje rector de la propuesta la participación efectiva de la ciudadanía, academia e industria mediante el consejo técnico que auxiliará a la Comisión en sus labores.
Se establece en la propuesta la prohibición absoluta del uso de cualquier tipo de neuroarma o neuroarmamentoen territorio nacional, así como el uso de neurotecnologías para vigilancia masiva o control coercitivo, incluyendo sus posibles usos para obtener confesiones, declaraciones o cualquier otra forma de información de imputados o testigos en un procedimiento jurisdiccional. Asimismo, se contempla tipificar en el Código Penal Federal conductas que vulneren las funciones y estados cerebro-mentales de las personas como son manipulación de la actividad cerebral o mental, sondeo no autorizado de la actividad cerebral o mental y la supresión o implantación de memorias. Estos nuevos delitos contemplan penalidades que van de los 3 a los 12 años de prisión.
“Se establece en la propuesta la prohibición absoluta del uso de cualquier tipo de neuroarma o neuroarmamento en territorio nacional, así como el uso de neurotecnologías para vigilancia masiva o control coercitivo, incluyendo sus posibles usos para obtener confesiones, declaraciones o cualquier otra forma de información de imputados o testigos en un procedimiento jurisdiccional.”
La propuesta presentada en el Congreso además de representar un avance significativo en el perfeccionamiento de nuestro marco jurídico de cara a los retos venideros en esta materia también es un insumo valioso que emana desde el legislativo mexicano para inspirar al mundo, pues es la primera legislación a nivel global que proporciona un marco referencial para regular las neurotecnologías y proteger los derechos de los individuos en el contexto digital.
Este producto legislativo es una pieza clave dentro de un engranaje normativo amplio que urge incorporar a nuestro marco legal frente al reto que representa la innovación tecnológica y su interacción con el ser humano. De ahí la urgencia de impulsar un amplio debate sobre los profundos impactos de que estas tienen y cómo abordarlos. Las respuestas y conclusiones a las que lleguemos determinarán el tipo de futuro que queremos para nuestro país.
[1] Véase Unesco, Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, 20005. Disponible en: https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000146180_spa/PDF/146180spa.pdf.multi
[2] Para conocer más sobre el debate de los neuroderechos y neurotecnologías ver: R. Yuste, J. Genser, S. Herrmann, “It’s Time for Neuro-Rights”. Horizon: The (Not So) Roaring Twenties?, núm. 18, 2021, CIRSD. Disponible en: https://www.perseus-strategies.com/wp-content/uploads/2021/03/Neuro-Rights-Horizons-Winter-2021.pdf
[3] El uso de interfaces cerebro-computadora, neuromoduladores, neuroimagen y otro tipo de dispositivos implantables son ya utilizados por varios sectores, primordialmente en materia de salud. Un ejemplo de éstas es el implante cerebral de Neuralink.
[4] En esta materia existen algunos avances de derecho no vinculante o soft law como son: Unesco, La Conferencia Internacional sobre la Ética de la Neurotecnología. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Cultura y la Ciencia, 2023. Disponible en: https://www.unesco.org/es/articles/etica-de-la-neurotecnologia-la-unesco-lideres-y-expertos-de-alto-nivel-reclaman-una-gobernanza y Ley Modelo de Neuroderechos para América Latina y El Caribe. Disponible en: https://parlatino.org/wp-content/uploads/2017/09/leym-neuroderechos-7-3-2023.pdf
[5] Senado de la República. Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley General de Neuroderechos y Neurotecnologías y se reforman y adicionan diversas disposiciones en materia de neuroderechos y neurotecnologías presentada por la Senadora Alejandra Lagunes Soto Ruíz. Sesión de la Comisión Permanente del 17 de julio de 2024. Diponible en: https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/3/2024-07-17-1/assets/documentos/Ini_PVEM_Sen_Alejandra_Lagunes_Neuroderechos_Neurotecnologias.pdf








