La controvertida Revocación de Mandato impulsada por AMLO (que en estricto sentido es una ratificación de mandato) nuevamente se encuentra en el centro del escándalo político por un nuevo ingrediente: la incorporación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al debate, en un asunto que es democráticamente ocioso.
Como es bien conocido, el pasado 16 de diciembre el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) decidió por una precaria mayoría de 6 votos contra 5, posponer temporalmente la organización de la eventual Revocación de Mandato por una evidente insuficiencia de recursos, acción que además de generar una cascada de críticas en contra del INE, provocó la judicialización del caso. Primero, por la intervención de la SCJN, a solicitud de la Cámara de Diputados, al interponer una Controversia Constitucional en contra de dicho acuerdo; y segundo, por la inminente intervención del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien es la autoridad competente de revisar el acuerdo del INE.
La semana pasada, la Comisión de Receso de la SCJN, integrada por las Ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa, admitió a trámite la controversia que impugnó el acuerdo, ordenando al INE, mediante una suspensión provisional, continuar con la organización de la consulta de revocación de mandato, con los recursos que le fueron asignados por la Cámara de Diputados, por considerar que se contraviene el artículo 29 constitucional, donde se indica que los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos de manera general, “por lo que la ejecución del acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato”.
El origen de este nuevo conflicto se remonta al mes de noviembre, en la comparecencia del Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, en la Cámara de Diputados, en el marco del análisis del proyecto de presupuesto del INE para el ejercicio fiscal 2022, resultando que, además de ser interpelado y agredido verbalmente por los diputados afines al gobierno, el presupuesto original sufrió una reducción de 5 mil millones de pesos, lo cual, según el INE, afecta directamente los gastos ordinarios previstos para la realización dela revocación de mandato.
Las razones jurídicas expresadas por el INE parten del supuesto previsto en la Ley Federal de Revocación que faculta al INE para la organización, desarrollo y cómputo de la consulta, siendo también el responsable de garantizar la integración de las nuevas mesas directivas de casilla y de habilitar la misma cantidad que fueron instaladas en la jornada de la elección inmediata anterior. Es decir, que se deben insacular, capacitar y designar a las personas que fungirán como funcionarios en las 160 mil casillas con las que se contó en la última elección.
De esta manera, con los limitados recursos que le fueron aprobados al INE, consideran la mayoría de sus integrantes que no será posible cumplir con lo que mandata la ley de la materia, con este ejercicio democrático –independientemente de que es innecesario, porque nadie está cuestionando la legitimidad de AMLO, por el contrario, es un presidente con un gran respaldo popular–.
Por lo pronto, el INE anunció que acatará la suspensión de la Corte y que seguirá adelante con el proceso de Revocación de Mandato, advirtiendo que lo hará con el presupuesto existente, aclarando que no obstante el mandato, estará atento a la resolución de fondo que realice la Corte en la citada controversia, aclarando que “la determinación comunicada por la SCJN tiene carácter de provisional y no resuelve el fondo del asunto”.
Ahora, ante la judicialización del asunto, las prioridades de nuestro régimen democrático-electoral quedarán supeditadas a las decisiones de los jueces y no de los organismos especializados instituidos para este propósito y serán ellos quienes decidan si el INE está o no cumpliendo con la ley o si la Cámara de Diputados debe aprobar un presupuesto suficiente para que se realice de acuerdo con los criterios establecidos en la ley.