Los encuentros significativos no siempre son en persona, o mejor dicho, suelen suceder antes por un medio distinto que el del conocimiento personal, y tal vez son más importantes e imperecederos de esa manera. Así, mis breves encuentros personales con el jurista que es José Ramón Cossío Díaz no justifican el impacto que su obra ha tenido en mi formación.
Esos breves momentos, que llamaría más exactamente “vistas” que “encuentros” han sucedido en cuatro ocasiones. La primera, cuando dirigía el área de Derecho en el ITAM, en una visita que hice con motivo de su libro sobre análisis económico y derecho; amable me recibió en su oficina en la que pude escucharlo durante cerca de una hora. La segunda, ya él Ministro y yo Consejero Electoral, en una entrevista que realicé para la revista institucional, en esas oficinas de los ministros que están junto al teatro Helénico. Una tercera ocasión en visita de cortesía en su despacho en el edificio principal de la Corte.
Hay una cuarta, secreta para él, en que lo vi de cerca, mientras caminaba por la acera del Palacio de Minería. No me acerqué a saludarle, no soy tan presuntuoso como para pretender que me recuerde ni tan desconsiderado como para interrumpir a quien camina absorto en sus ideas (Recuerdo aquí esa anécdota de Rafael Alberti, quien al ver a lo lejos a Antonio Machado, se decide a acercarse a él y saludarlo, interrumpiendo el pensamiento del poeta, quien después de agradecer el cortés pero inoportuno acercamiento, vuelve a sumirse en sus cavilaciones)
Esas vistas esporádicas significan muy poco. O, puestas en contexto, son de un impacto muy pobre si las comparo con la resonancia que los libros de Cossío han tenido en mí, esos han sido los verdaderos encuentros de lo que quiero hablar.
El primero ocurrió con ese pequeño gran volumen que es “Dogmática constitucional y régimen autoritario”, libro publicado por Fontamara, que como reciente egresado de la carrera me develó el uso del derecho constitucional (¿la cultura constitucional debería decir?) con fines de justificación política, y que me mostró una vertiente interesante y cierta del derecho y la política de la que mis profesores no me habían hablado, o en su caso, no se me había fijado en la mente cuando la expusieron.
Ese libro fue un deslumbramiento, cuyo impacto solo puedo comparar con los que me produjeron los “Fundamentos del Proceso Civil” de Couture, “Una constitución para la democracia” de Cárdenas Gracia y “La Constitución de 1857 y sus críticos” de Cosío Villegas.
Desde entonces busqué encontrarme cada vez más con este autor. De Cossío seguí leyendo sus “Votos”, recuerdo en especial el del “Caso de la bandera” con Juan N. Silva Meza, en ese esfuerzo constante que hacía por publicarlos en revistas y luego en compendios. Sus textos sobre derecho procesal constitucional. Los artículos en revistas. Incluso su voto en un asunto que tuvo que ver con mi estado de residencia, Querétaro.
No siempre lo he entendido, o usando las palabras de Borges, no siempre he merecido entenderlo; lo que desde luego no tiene importancia porque es una mera opinión. A veces me aparto de sus ideas, lo que tampoco es importante dado que a final de cuentas como escritor puede pretender convencer pero no puede suponer que siempre lo conseguirá.
La enseñanza más importante que me ha dejado su lectura es que para ser un constitucionalista competente hay que ser un buen jurista, dicho esto como una especie de presupuesto procesal. Esa enseñanza, que estoy seguro muchas mujeres y hombres de derecho nos han ofrecido, la recibí sin que su autor la supera, pero que hoy le agradezco.