Viajar y descubrir nuevos lugares, junto con sus tradiciones y gastronomía, es sin duda una experiencia enriquecedora. Nos conecta con la naturaleza, la gente, la comida y el conocimiento, a través de explorar nuevas tradiciones e historias.
La gastronomía es un incentivo poderoso para conocer un nuevo lugar y regresar una o más veces, ¿Quién de nosotros no quiere ir al Pasillo de Humo en Oaxaca o a Yucatán por unos panuchos o un poc chuc? México es reconocido por su gastronomía en el extranjero, los cuestionamientos son: ¿Cómo se puede proteger ese conocimiento, experiencias, ingredientes y platillos?, ¿Cómo el derecho puede aportar en esta enorme tarea?
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (“OMPI”) ha explorado el tema y tiene un proyecto para su análisis, el Proyecto de la Agenda para el Desarrollo de la OMPI en materia de Propiedad Intelectual (“PI”) y turismo gastronómico, los países participantes en este proyecto son Camerún, Malasia, Marruecos y Perú, mismos que se han identificado por su gastronomía, biodiversidad y su cultura en sí misma.
¿Qué busca la OMPI?
De acuerdo con la OMPI, el Proyecto de la Agenda para el Desarrollo de la OMPI en materia de PI y turismo gastronómico tiene los siguientes objetivos:
- Propiciar la realización de un inventario de las tradiciones culinarias de los países participantes, desarrollarlas y promover su uso sostenible;
- Fortalecer la capacidad de los operadores económicos vinculados con el sector del turismo gastronómico y de las autoridades nacionales, para que puedan usar las herramientas y las estrategias de PI y beneficiarse de ellas; y
- Crear conciencia sobre las potenciales ventajas de usar la PI en las actividades de turismo gastronómico.[1]
El inventario con las tradiciones culinarias buscará, principalmente, integrar los ingredientes, las técnicas de producción y elaboración, los utensilios de cocina típicos y los hábitos alimenticios. [2]
Balazo: La gastronomía mexicana, reconocida por la UNESCO como patrimonio cultural inmaterial, requiere mecanismos jurídicos eficaces para su protección y aprovechamiento sostenible.
En el año 2010, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (“UNESCO”) declaró la comida mexicana como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad[3], señalando expresamente que “la cocina tradicional mexicana es un modelo cultural complejo que comprende actividades agrarias, prácticas rituales, conocimientos prácticos antiguos, técnicas culinarias y costumbres y modos de comportamiento comunitarios ancestrales”[4]. Es por lo anterior, que existe una gran importancia en su protección a través de los mecanismos y figuras jurídicas adecuadas y que México considere integrarse al Proyecto de la Agenda para el Desarrollo de la OMPI en materia de PI y turismo gastronómico.
La PI, a través de sus figuras jurídicas puede reconocer, proteger e incentivar la explotación de la gastronomía y, aunque la OMPI no ha definido cual o cuales serían las figuras ideales, en México podemos pensar en las siguientes: i) indicaciones geográficas; ii) denominaciones de origen; iii) marcas; iv) derechos de autor, sobre todo por las obras fotográficas y literarias que se pueden generar; v) diseños Industriales; y vi) los secretos industriales.
La propiedad intelectual puede ser una herramienta clave para proteger recetas, técnicas culinarias e identidad gastronómica.
Perú, que es un país miembro del Proyecto de la Agenda para el Desarrollo de la OMPI en materia de PI y turismo gastronómico, cuenta con una cultura gastronómica digna de reconocerse y ha sido objeto de análisis por parte de la OMPI ya que ésta última ha examinado doce tradiciones culinarias de seis regiones del Perú (arroz con pato, cabrito, cebiche, ají de gallina, ocopa, rocoto relleno, cordero de Candarave, patasca tacneña, cuy asado, pachamanca, patarashca y tacaco con cesina[5]) y protege su gastronomía a través de las marcas, marcas colectivas, marcas de certificación, denominaciones de origen, así como las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG).[6]
¿Qué son las ETG?
De conformidad con el artículo 3 del Decreto Legislativo No. 139, en complemento con el artículo 3 del Decreto Legislativo No. 1075, ambos del Estado Peruano, las ETG, es una figura jurídica que busca proteger las recetas tradicionales, los métodos de producción o transformación que correspondan a la práctica tradicional aplicable a un producto o alimento contribuyendo a dar valor agregado a los productos tradicionales en su comercialización, producción o transformación y a informar a los consumidores de sus atributos.
Se toma el ejemplo del Estado Peruano toda vez que, forma parte del proyecto de la OMPI; sin embargo, las ETG es una figura jurídica aplicable en la Unión Europea y también en Ecuador, en Ecuador se ha extendido la lista de ETG reconocidas.
En el Reglamento de la Unión Europa (UE) número 1151/2012 indica que: se establece un régimen de especialidades tradicionales garantizadas para proteger los métodos de protección y las recetas tradicionales ayudando a los productores de productos tradicionales a comercializar sus productos y a informar a los consumidores de los atributos de sus recetas y productos tradicionales que les confieran valor añadido.[7]
Asimismo, el mismo Reglamento señala que se podrán reconocer como ETG los nombres que describan un producto o alimento especifico que:
- Sea el resultado de un método de producción, transformación o composición que correspondan a la práctica tradicional aplicable a ese producto o alimento; o
- Esté producido con materias primas o ingredientes que sean los utilizados tradicionalmente.[8]
Aunado a lo anterior, dicho ordenamiento legal señala que se entenderá por tradicional el uso que se demuestre se haya hecho en el mercado local durante un período de tiempo que permita su transmisión entre distintas generaciones, este período será de, al menos, 30 años.
Las Especialidades Tradicionales Garantizadas ofrecen un modelo internacional para reconocer y proteger la gastronomía sin despojar a las comunidades de su identidad.
A manera de conclusión y regresando a México, como se mencionó anteriormente, hay una serie de figuras jurídicas en la PI que podrían ayudar a proteger y reconocer la gastronomía mexicana y nuestros legisladores han dado un paso muy importante en la protección de la cultura de nuestros pueblos al publicar en el año 2022 la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (“LFPPCPCIA”) que incluye dentro de la definición de patrimonio cultural a la gastronomía ya que define en su artículo 3, fracción XII al patrimonio cultural como el conjunto de bienes materiales e inmateriales que comprenden las lenguas, conocimientos, objetos y todos los elementos que constituyan las culturas y los territorios de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, que les dan sentido de comunidad con una identidad propia y que son percibidos por otros como característicos, a los que tienen el pleno derecho de propiedad, acceso, participación, práctica y disfrute de manera activa y creativa.
La LFPPCPCIA rescata elementos importantes que se han analizado y defendido en las últimas décadas en el mundo como, por ejemplo, la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas para que definan, preserven, protejan y desarrollen su patrimonio cultural, sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, los mecanismos legales y administrativos para evitar su apropiación indebida, el consentimiento libre, previo e informado que deben otorgar los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas respecto cualquier aspecto de su patrimonio cultural y la distribución justa y equitativa de sus beneficios.
De acuerdo con la LFPPCPCIA, el patrimonio cultural de las comunidades indígenas y afromexicanas podrán llevar a cabo el registro de su patrimonio cultural ante el Registro Nacional del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, pero ¿Será lo adecuado registrar y no reconocer? Las ETG no buscan un registro, buscan un reconocimiento y son un sello distintivo para el país de origen.
Al ser la gastronomía un bien inmaterial fundamental en nuestro país ¿Por qué no adoptar la figura jurídica de las ETG y específicamente proteger este sector tan valioso? Sin lugar a duda, integrar las ETC en nuestro sistema jurídico sería un paso legislativo esencial para nuestras comunidades, gastronomía, sector turístico y comercial.
[1] Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. “Propiedad Intelectual y turismo gastronómico”. Recuperado el 28 de mayo de 2025 de https://www.wipo.int/ip-development/es/agenda/projects/ip-and-gastronomic-tourism.html.
[2] Ídem
[3] Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. “La cocina tradicional mexicana: Una cultura comunitaria, ancestral y viva y el paradigma de Michoacán”. Recuperado el 28 de mayo de 2025 de https://ich.unesco.org/es/RL/la-cocina-tradicional-mexicana-una-cultura-comunitaria-ancestral-y-viva-y-el-paradigma-de-michoacan-00400.
[4] Ídem
[5] Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. “Propiedad Intelectual y turismo gastronómico: Perú”. Recuperado el 29 de mayo de 2025 de https://www.wipo.int/ip-development/es/agenda/projects/peru.html.
[6] Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. “Día de la Gastronomía Peruana: Indecopi promueve uso de propiedad intelectual para impulsar el turismo gastronómico y proteger platos típicos.”. Recuperado el 29 de mayo de 2025 de https://www.gob.pe/institucion/indecopi/noticias/649030-dia-de-la-gastronomia-peruana-indecopi-promueve-uso-de-propiedad-intelectual-para-impulsar-turismo-gastronomico-y-proteger-platos-tipicos.
[7] Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea. “Definición de especialidades tradicionales garantizadas con arreglo a los reglamentos de la UE”. Recuperado el 29 de mayo de 2025 de https://guidelines.euipo.europa.eu/1935305/2049866/directrices-sobre-marcas/2-1-definicion-de-especialidades-tradicionales-garantizadas-con-arreglo-a-los-reglamentos-de-la-ue.
[8] Ídem








