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Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Política

Seguridad de productos de consumo en México

por Juan Carlos Sánchez Magallán
22, agosto, 2018
1723
0
4 minutos de lectura

En México, al igual que en Europa y EU, se ha desarrollado un esquema de vigilancia de mercado en materia de seguridad de producto, como parte de un programa permanente de verificación de productos de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), el cual ha establecido y estrechado canales de cooperación e intercambio de información con autoridades y organismos nacionales e internacionales, estableciendo redes de cooperación trilateral (EU, Canadá y México) y con autoridades homólogas del continente americano, con el objetivo de alcanzar una efectiva protección de los derechos y seguridad de los consumidores, mediante la emisión de alertas y acciones de vigilancia, retiro de producto del mercado, reprocesamiento y sobre todo de bonificación y compensación a los consumidores.

  • AMLO propone «borrón y cuenta nueva» a deudores de CFE

En el caso mexicano, la seguridad de los productos de consumo se ha desarrollado a partir de un principio básico en las relaciones de consumo, previsto en el artículo 1º , fracción I, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, mismo que se complementa con la emisión de Normas Oficiales Mexicanas que regulan la seguridad de productos, de la cual en muchos casos la Profeco tienen delegada la facultad de su vigilancia, se trata de normas que establecen las especificaciones que deben cumplir, entre otros, juguetes, aparatos eléctrico, electrodomésticos, herramientas, audio, video, llantas, cerillos, encendedores, carriolas y andaderas.

Entre 2008 y 2010 la Procuraduría desarrolló y puso en operación un sistema de vigilancia y emisión de alertas, denominado Red de Alerta Rápida (RAR) consultable en www.alertas.gob.mx y http://www.gob.mx/profeco, con el objetivo de informar a los consumidores en tiempo real sobre el riesgo detectado en productos derivado de las acciones de verificación y vigilancia de la Profeco (en punto de venta, almacenes o en su punto de entrada al país), o la comunicación voluntaria de las empresas responsables (ejemplo la industria automotriz, que notifica a la Profeco y conjuntamente notifican “llamados a revisión”) y en su caso como parte del intercambio de información que existe entre autoridades homologas a nivel internacional (trilateral o hemisférico).

Es importante señalar que actualmente México por conducto de la Profeco, preside la Red de Consumo Seguro y Salud (RCSS), en coordinación con la Organización de Estados Americanos (OEA), dentro del cual se desarrolló el Sistema Interamericano de Alertas Rápidas (SIAR), en la cual los países miembro de la OEA difunden sus respectivas alertas, con la finalidad de que las diferentes autoridades al interior de sus territorios o Estados, puedan adoptar las medidas oportunas y adecuada de vigilancia y en su caso retiro de producto del mercado.

La Profeco ha generado contenidos informativos en materia de seguridad de productos, que pueden consultarse en la Revista del Consumidor y Youtube www.youtube.com/user/profecotv.

Un logro en materia de seguridad de producto, fue el fortalecimiento de las atribuciones de la Profeco a partir de la última Reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor (publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2018), entre las que destacan:

  • Publicar a través de cualquier medio los productos que sean detectados como riesgosos (Art. 24, fracc. XXIII LFPC).
  • Emitir alertas dirigidas a los consumidores y dar a conocer las de otras autoridades (Art. 24, fracc. XXIII LFPC).
  • Ordenar y difundir llamados a revisión dirigidos a proveedores y dar a conocer los de otras autoridades (Art. 24, fracc. XXIII LFPC).
  • Retirar del mercado los bienes o productos, cuando se haya determinado fehacientemente el riesgo (Art. 24, fracc. XXIV LFPC).
  • Ordenar la destrucción de productos de riesgo, a fin de evitar que sean comercializados (Art. 24, fracc. XXIV LFPC).
  • Ordenar la reparación o sustitución de los bienes, productos o servicios que representen un riesgo (Art. 24, fracc. XXIV LFPC).

Complementariamente a los actos de autoridad, la Profeco ha fortalecido sus esquemas de comunicación y colaboración con la Industria, sensibilizándoles sobre la importancia del aviso voluntario y oportuno, el auto-cumplimiento de especificaciones de seguridad, poniendo a su disposición servicios de capacitación y asesoría como parte de los trámites institucionales, suscribiendo en algunos casos Convenios de Colaboración.

  • La cuesta de enero y la Procuraduría Federal del Consumidor

La Profeco está para recibir y dar seguimiento inmediato a las denuncias ciudadanas sobre productos de riesgo, a fin de evitar que se afecten los derechos, seguridad, salud e incluso vida de los consumidores.

Temas:
  • Procuraduría Federal del Consumidor
  • PROFECO

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