Tribunales laborales Estado de México

Reforma Laboral: Tercera llamada

Esta será la última semana en que las Juntas de Conciliación y Arbitraje de las entidades restantes del tercer y final bloque de implementación de la Reforma Laboral, reciban nuevos asuntos, tanto individuales como colectivos. Sonora, Chihuahua, Coahuila, Tamaulipas, Sinaloa, Michoacán, Nayarit, Yucatán, Jalisco, Nuevo León y la Ciudad de México (estas últimas siendo las entidades con mayor índice de conflictos), amanecerán el próximo 03 de octubre con Centros de Conciliación y Registro, así como nuevos Juzgados Laborales adscritos al Poder Judicial que se encargarán de la impartición y administración de la Justicia Laboral, concluyendo con una implementación del decreto del 1° de mayo de 2019.

Ahora bien, ¿qué podemos esperar?, ¿cuáles son los números?, ¿qué nos han enseñado las entidades de los bloques anteriores? Es innegable que la Reforma Laboral, tanto en su aspecto individual como colectivo basa su fuerza en transformar a la conciliación como el eje medular del éxito esperado, lo que originalmente siempre ha sido la intención. Ya ningún caso ni sentido tiene siquiera sugerir que la solución en la opacidad de la impartición de Justicia Laboral no iba por ahí (la desaparición de las Juntas), el hecho es que, pronto toda la República tendrá un nuevo sistema y debemos adaptarnos a él, dentro y fuera de los centros de trabajo. Durante la primera etapa, observamos entidades verdaderamente comprometidas a implementar los cambios que le ordenaba la legislación, una de ellas lo es el Estado de México, que ha demostrado un altísimo índice de éxito en las conciliaciones prejudiciales e impartición pronta y expedita en los juzgados laborales. Tenemos otros casos de entidades que ni siquiera pudieron dar inicio en fecha a sus obligaciones locales (no es necesario mencionarlas). No obstante, los números son los siguientes:

  • La tasa de conciliación, con fecha de corte al 31 de julio de 2022 es de un 75.1% exitosa.
  • El promedio nacional de tiempo de resolución de los juicios laborales, con fecha de corte al 30 de junio de 2022 es de 6.1 meses.
  • Se dice con fecha de corte al 09 de septiembre de 2022 se han legitimado 5,560 contratos colectivos de trabajo (CCT) de competencia Federal.
  • Conforme a número publicados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), 1,875,761 trabajadores han sido consultados en procesos de legitimación de CCT´s y demás procesos democráticos de vida sindical (con fecha de corte al 09 de septiembre de 2022).

Cierto es que, la conciliación individual prejudicial, tiene un alto índice de éxito y en lo personal esta autoría se lo achaca a que postulantes, trabajadores, patrones y autoridades, nos hemos subido al barco del cambio y queremos llevar el nuevo sistema a un puerto de éxito. Sin embargo, los números también guardan ciertas sombras. Reiteramos que se han visto excelentes resultados en la conciliación prejudicial, no obstante, la STPS no publica números que responderían a las siguientes interrogantes: de ese 75% de negociaciones exitosas, ¿cuántas reinstalaciones se han otorgado?, ¿cuántos reconocimientos de antigüedad?, ¿cuántas devoluciones de aportaciones de seguridad social se han retornado?, y aquí viene la pregunta medular; ¿habrá habido renuncia de derechos en estos convenios?, ¿qué criterios jurisprudenciales surgirán de ello?. Una experiencia sumamente desagradable que ha tenido esta autoría es el asistir a un par de representaciones del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) al interior de la República, negándosele la entrada para asistir al trabajador. Esta postura, la podemos observar en un video publicado en diversas redes sociales de la STPS y del CFCRL la semana pasada, donde se informaba de los avances de las instalaciones que habrá en la Ciudad de México, en el cual en cierto momento la titular de la STPS hace la siguiente mención: “una buena noticia; no tienes que acudir con abogado, no tienes que pagar por acudir, aquí siempre tendrán la presencia de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)”, lo que transgrede el derecho a la representación profesional y evidencia que la intención de la administración federal es dejar de fuera a los abogados particulares, lo que sin duda generará otros detalles más adelante (se sugiere leer columna diversa: Reforma Laboral; última etapa postergada).

Por otro lado, los Tribunales Federales Laborales nos han sorprendido con sentencias, que si bien, fundamentadas, completamente inesperadas. A manera de ejemplo, se han emitido sentencias donde se multa al abogado postulante, quien supuestamente a sabiendas de que una prueba había sido falsa o alterada, la exhibió.

Finalmente, debemos dar nuestras impresiones acerca del aspecto colectivo, uno de los aciertos más grandes de la Reforma Laboral, lo ha sido la disminución significativa de la extorsión sindical, el hecho de que se haya establecido como requisito sine qua non para el emplazamiento a huelga, la obtención de una constancia de representatividad garantiza que los trabajadores estarán genuinamente representados, o en su caso facilitar el cambio de representación, así como que los patrones no tendrán la necesidad de firmar un CCT con una representación inexistente solo a manera de blindaje. Eso sí, los patrones deberán implementar nuevos y mejores mecanismos de medición del pulso del ambiente laboral para evitar conflictos indeseados, romper paradigmas, innovar métodos de negociación. Estamos viviendo la historia, el próximo 03 de octubre acabará una etapa histórica del Derecho Laboral Mexicano e iniciará una nueva. La Juntas de Conciliación y Arbitraje existirán hasta que concluyan sus asuntos activos y paulatinamente irán desapareciendo. La conciliación, también debe ser adoptada como eje rector de la solución de conflictos al interior de las empresas. Los litigios, serán más finos, mayormente cargados de doctrina y habilidad oral… ¡bienvenida la nueva era!

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