En México, como en otros países existe una perspectiva de género que va vinculada con la forma en que las mujeres y los hombres concebimos el amor para determinar la manera en que nos relacionamos con nuestra pareja, la cual muchas veces se entiende como una combinación entre el romance y la violencia, toda vez que, desafortunadamente, incluye el control de uno para otro, se generan todo tipo de celos y, en ocasiones, diversos tipos de violencia enmascarados como amor, por consiguiente en esa relación se generan situaciones de violencia que varían según su entorno familiar y social.
La violencia entre las parejas es una práctica que ha existido desde siempre, por ello es necesario seguir llevando a cabo acciones encaminadas a erradicarla, el ser humano debe entender que el amor verdadero, los noviazgos y relaciones saludables están basados en la igualdad, el respeto y la independencia de cada persona.
Para entender un poco más el problema que existe en la pareja desde el noviazgo, es necesario tener un concepto de noviazgo, el cual se entiende como “la vinculación que se establece entre dos personas que se sienten atraídas mutuamente”. Este sentimiento y atracción representa una oportunidad para conocerse, se convierte en una etapa de experimentación y de búsqueda de gustos y pensamientos en común para realizar las actividades que consideren necesarias con la finalidad de crear un preámbulo para tener una relación duradera.
Dicho lo anterior, la violencia en el noviazgo se puede entender como “cualquier acto mediante el cual una persona trata de dominar y someter a su pareja mediante el daño físico, emocional o sexual, por ejemplo, el ataque a su autoestima, los insultos, el chantaje, la manipulación o los golpes”.
Cualquier tipo de violencia produce efectos que pueden reproducir conductas en sentido negativo y extenderse a todos los contextos donde interactúa la persona y mucho más cuando no son percibidas por las víctimas o por los agresores, es decir, los signos de maltrato durante el noviazgo suelen confundirse con muestras de afecto, que en realidad ocultan conductas controladoras.
Ante esta situación, la Diputada Esther Mandujano Tinajero y legisladores integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional enviaron al Congreso en septiembre del 2022, la iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual señala:
“…Decreto por el que se adiciona la fracción XVII del artículo 5, un capítulo I Bis denominado De la Violencia en el Noviazgo, y los artículos 9 Bis y 9 Ter a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia Artículo Único. Se adiciona la fracción XVII del artículo 5, un capítulo I Bis denominado De la Violencia en el Noviazgo, y los artículos 9 Bis y 9 Ter a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:
Artículo 5. Para los efectos de la presente ley se entenderá por: I. al XVI. … XVII. Relación de noviazgo: Es una vinculación afectiva que se establece entre dos personas que se sienten atraídas mutuamente; que pueden o no tener la intención de contraer matrimonio o convivir de manera permanente, y que tienen la oportunidad de conocerse y compartir experiencias de vida.
Capítulo I Bis De la Violencia en el Noviazgo Artículo 9 Bis. Violencia en el noviazgo consiste en cualquier acto abusivo de poder u omisión intencional que tiene por fin doblegar, paralizar, dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica o sexual a las mujeres, en donde el agresor sostiene con la víctima una relación de noviazgo”.
Como podemos observar, uno de los principales entornos en donde se genera la violencia contra la mujer, es con su pareja, por lo que, si las relaciones de pareja en nuestro país comienzan desde el noviazgo, es importante legislarlo, toda vez que se trata de un tema relevante en la realidad de nuestra sociedad.
Si bien es cierto, en México se han llevado a cabo acciones necesarias para tratar de erradicar el problema de la violencia entre las parejas como la expedición de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, también es cierto que ésta define la violencia contra las mujeres como “cualquier acción u omisión basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público”, por ello es necesario hacer énfasis en que el concepto de noviazgo se refiere a una etapa en la que las parejas tienen la oportunidad de conocerse y experimentar, lo que sin duda nos permite advertir que en dicha Ley no se contempla la figura del noviazgo como uno de los principales ámbitos donde se genera violencia contra las mujeres.
Es por lo antes comentado, que la violencia en el noviazgo se debe visibilizar con los elementos que señala la iniciativa que nos ocupa, con la finalidad de aplicar la sanción que corresponda y con el firme propósito de coadyuvar en la prevención y erradicación de la violencia hacia las mujeres, muy en especial hacia las adolescentes y niñas, para lo cual se establecería en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia la adición de un concepto sobre violencia en el noviazgo.
Ahora bien, la iniciativa también señala la necesidad de adicionar el siguiente artículo:
“…Artículo 9 Ter. La Federación, Entidades Federativas y Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, tendrán en consideración:
- Desarrollar programas y políticas públicas para prevenir, identificar, atender y sancionar la violencia en el noviazgo con énfasis en adolescentes y jóvenes;
- Establecer acciones para generar conciencia y advertir sobre la necesidad de eliminar la violencia en el noviazgo;
- Diseñar programas que brinden atención integral tanto a la víctima como al abusador;
- Establecer mecanismos de monitoreo y capacitación en los centros educativos privados y públicos, mediante acuerdos y convenios con las autoridades e instituciones que integran el Sistema Educativo Nacional, para prevenir, atender y sancionar la violencia en el noviazgo;
- Poner en marcha protocolos y procedimientos que promuevan la denuncia de hechos derivados de la violencia durante el noviazgo, y la obligación de proporcionar atención psicológica y legal especializada y gratuita tanto a víctimas como a agresores;
- Llevar a cabo diagnósticos detallados y periódicos de la violencia en el noviazgo auxiliándose del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, del Instituto Mexicano de la Juventud y del Instituto Nacional de las Mujeres;
- Dar seguimiento a las políticas públicas dirigidas a prevenir, atender y eliminar la violencia en el noviazgo y dar a conocer públicamente sus avances o retrocesos”.
En este contexto, independientemente de la reforma propuesta, es necesario que las autoridades Federales, Estatales y Municipales, en el ámbito de su competencia, desarrollen normas de carácter general, políticas públicas para prevenir, identificar, atender y sancionar la violencia en el noviazgo, con el objetivo de generar conciencia de erradicarla.