Investigación del feminicidio en México

El fenómeno del feminicidio en México y su investigación

Entrevista

El fenómeno del feminicidio en México ha dejado de ser una cifra en la nota roja para convertirse en una emergencia nacional que demanda respuestas institucionales precisas y una especialización técnica sin precedentes. Para profundizar en el tema, la Dra. Blanca Ivonne Olvera Lezama, académica de la UNAM, especialista con más de 35 años de trayectoria en procuración de justicia y autora de la obra “Cómo se investiga el feminicidio en el sistema de justicia penal”, en entrevista para Foro Jurídico, conducida por su director el Dr. Elías Huerta Psihas, analiza tópicos fundamentales: desde la distinción técnica entre homicidio y feminicidio basada en el dolo y las razones de género , hasta el impacto histórico de la sentencia del Campo Algodonero en la legislación mexicana.

La Dra. Olvera expone con rigor cómo las fallas en el Informe Policial Homologado (IPH) y la falta de capacitación de los primeros respondientes alteran las estadísticas nacionales y perpetúan la impunidad. Asimismo, reflexiona sobre la paridad de género en el sistema judicial y la persistente brecha salarial que aún condiciona el acceso de las mujeres a puestos directivos. Esta entrega constituye una radiografía necesaria para entender por qué la justicia para las mujeres requiere algo más que el aumento de penas: exige una metodología científica y una perspectiva de género transversal en cada carpeta de investigación.

Dr. Elías Huerta Psihas (EHP): Doctora Olvera, ¿cómo se define el feminicidio y cuáles son los elementos técnicos que permiten diferenciarlo de un homicidio simple, aun cuando la víctima sea una mujer?

A diferencia del homicidio, el feminicidio es un delito estrictamente doloso que requiere la acreditación de «razones de género» específicas, como la violencia previa, la relación con el agresor o la exposición pública del cuerpo.

Dra. Blanca Ivón Olvera Lezama (BIOL): El feminicidio es un delito que consiste estrictamente en la privación de la vida de una mujer por razones de género. Es fundamental entender que estas «razones de género» no son conceptos abstractos; los distintos códigos penales en nuestro país las han diversificado y materializado en un catálogo que va de cinco a nueve supuestos específicos.

La diferencia con el homicidio es sustancial desde la técnica jurídica. El homicidio es la privación de la vida de «otro», lo que implica que no atiende al género del sujeto pasivo; puede ser un hombre o una mujer. En cambio, el feminicidio es un delito netamente doloso. En el feminicidio no cabe la figura de la culpa o el accidente; no existe el «feminicidio culposo» porque todas las condiciones de género que lo configuran son, por su propia naturaleza, dolosas.

¿Por qué diferenciar el feminicidio del homicidio? Porque diferenciarlos es el primer paso contra la impunidad, porque lo que no se nombra y no se contabiliza correctamente, simplemente no se puede combatir.

EHP: ¿Por qué se habla de razones de género?

BIOL: Cuando hablamos de razones de género, nos referimos a circunstancias muy concretas: que la víctima haya sido privada de la vida con violencia previa de cualquier tipo, ya sea física o sexual; que haya existido una relación previa con su agresor, ya sea de carácter laboral, escolar o familiar; o que el cuerpo de la mujer presente características de especial encono, como ser abandonado o expuesto en un lugar público, o ser objeto de actos de necrofilia y mutilación.

También se da el caso que el sujeto activo no tenga una relación con la víctima, pero existen factores que demuestran que la privación de la vida haya sido por razón de género, por ejemplo, odio o discriminación que es sucinta a las desigualdades estructurales y a los roles de género asignados históricamente. Por eso es que sus cuerpos son tirados en la calle, como simbolismo de su poca valía. Esa es una característica del odio hacia la mujer y por eso es una razón de género.

EHP: En qué momento empieza la visibilización de este delito y ¿Cómo influyó el contexto internacional, específicamente la sentencia del Campo Algodonero, en la forma en que hoy investigamos estos casos?

BIOL: Es un punto de inflexión total. Todo empezó a visibilizarse en la década de los 90 con las llamadas «muertas de Juárez». Fue ahí donde voces como la de Ester Chávez Cano empezaron a notar que no eran homicidios aislados, sino que había coincidencias alarmantes: mujeres jóvenes, trabajadoras de maquiladoras, cuyos cuerpos eran abandonados en un campo algodonero y sus casos quedaban sin resolver.

Ante la falta de respuesta del Estado mexicano, los padres de las víctimas acudieron a instancias internacionales. Esto derivó en la famosa sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el caso del Campo Algodonero, donde los cuerpos fueron abandonados en un lugar público. A raíz de esta condena, México fue sentenciado a investigar y legislar con perspectiva de género y a que estos actos no quedaran impunes.

De ahí nació la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde se introdujo por primera vez el concepto de «violencia feminicida», y posteriormente Marcela Lagarde empujó la tipificación del feminicidio en los códigos penales. Esta perspectiva de género legislativa es la que hoy nos permite crear políticas públicas para prevenir y erradicar el delito; sin ella, el fenómeno quedaría «revuelto» en las estadísticas de homicidio y perderíamos la capacidad de entender el odio y la discriminación que hay detrás de estas muertes.

EHP: ¿Cómo se investigaba antes y cuál es la importancia de la tipificación?

BIOL: En ese entonces con una averiguación previa, hoy la llamamos [después de 2008] carpeta de investigación porque el sistema de justicia penal se reformó. En ese momento se contabilizaba como homicidio. Pero para poder solucionar un problema, primero tienes que conocerlo. Entonces, para conocerlo en materia penal, primero necesitas tipificarlo como delito para que tengas una idea de cuántos delitos están cometiendo bajo esas circunstancias de género.  Así lo podemos diferenciar, investigarlo y podemos crear políticas públicas para prevenirlo y erradicarlo.

EHP: En su experiencia recorriendo las instituciones de procuración de justicia, ¿cuáles son los obstáculos reales que impiden que un feminicidio sea registrado y procesado como tal desde el primer momento?

BIOL: El problema principal radica en la capacitación de los primeros respondientes y la falta de pericia en el sistema de justicia penal. Pondré un ejemplo que es recurrente: un policía o un guardia nacional —quienes a veces tienen apenas 18 años y una formación educativa limitada— encuentran el cuerpo de una mujer con signos de violencia y abuso sexual en la vía pública. Todas las fiscalías tienen su protocolo de investigación en feminicidio, pero muchos no han sido actualizados.

Al llenar el Informe Policial Homologado (IPH), estos agentes suelen registrarlo simplemente como «homicidio doloso de mujer». Cuando ese informe llega al Ministerio Público, si el fiscal tiene exceso de trabajo, carece de perspectiva de género o no domina el sistema, se limita a transcribir lo que dice el policía en la carpeta de investigación. Al quedar clasificado erróneamente como homicidio, la estadística que concentra el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública se altera; dejamos de ver la realidad de los feminicidios que ocurren en el país.

Además, hay una resistencia administrativa. Si un Ministerio Público se da cuenta más tarde de que clasificó mal, muchas veces no reclasifica para no admitir el error o para evitar los trámites que esto implica. Esto es gravísimo, porque una necropsia de feminicidio no es igual a una de homicidio. La de feminicidio requiere más exámenes, es más exhaustiva y, por ende, más costosa, porque busca determinar no solo la causa de muerte, sino los elementos de género que rodearon el hecho.

Otra cuestión es que cada estado, su código penal, tiene una penalidad diferente de entre 30 a 70 años; en el Estado de México podemos hablar de hasta 70 años de prisión, mientras que un homicidio calificado suele rondar los 40 años. No obstante, el aumento de las penas no sirve de nada si el operador —el policía, el fiscal o el juez— no sabe investigar bajo las reglas del sistema de justicia penal.

El registro erróneo de feminicidios como «homicidios dolosos» en el Informe Policial Homologado (IPH) por falta de capacitación de los primeros respondientes invisibiliza la magnitud real del fenómeno y altera las estadísticas nacionales.

EHP: Hablando de la estructura social y las desigualdades, ¿cómo impacta la brecha de género y la paridad en el ámbito profesional y judicial en esta lucha por la justicia?

BIOL: México ha dado pasos gigantes en materia de paridad legislativa y ahora judicial, incluso con una mujer en la presidencia y una integración histórica en la Suprema Corte. Sin embargo, el reto sigue siendo que los puestos se otorguen por capacidades y habilidades, y no solo por cuotas, aunque reconozco que la paridad impuesta ha sido necesaria para romper inercias históricas.

A pesar de estos avances en la cúpula, persiste una brecha salarial y de mando alarmante. La ONU señala que será hasta 2030 cuando veamos una equidad real en puestos directivos. Yo misma viví esa discriminación en la administración pública: siendo directora de área con más carga de trabajo y personal a mi cargo que mis colegas hombres, percibía el sueldo más bajo del escalafón bajo el argumento de que «ya había paridad» porque los tres éramos directores.

Se nos sigue viendo con prejuicios sobre nuestra vida personal o biológica, «Se va a embarazar, va a abandonar el trabajo, si su hijo se enferma, etcétera”, para limitarnos el acceso a la toma de decisiones. Esta desvalorización de la capacidad de la mujer es la misma raíz de la violencia que escalada llega al feminicidio

EHP: Finalmente, ante las diferencias en la investigación que existen en los estados, ¿cuál es su visión sobre la efectividad del castigo frente a la impunidad?

BIOL: Primero resaltar que el delito de feminicidio, como otros delitos, es un problema de seguridad pública porque la máxima función del Estado es protegernos en nuestros derechos humanos. Sin embargo, existe un desfase en la cifra de feminicidios por lo que ya se comentó sobre la clasificación, el problema es que se siguen registrando feminicidios más violentos porque hay impunidad, sin una correcta investigación y correcta sanción los feminicidas saben que pueden vivir en esa impunidad.

El problema que tenemos en el sistema de justicia penal en México es precisamente esa falta de capacitación. En este caso, aunque todas las fiscalías tienen su protocolo de investigación en feminicidio, muchos no han sido actualizados, tampoco hay suficientes agentes del Ministerio Público. Creo que uno de los retos es incrementar el número de capital humano en las fiscalías y en los juzgados.

Por eso escribí el libro Cómo se investiga el feminicidio en el sistema de justicia penal. Necesitamos que desde que se encuentra el cuerpo, se preserve el lugar de los hechos y se recaben las pruebas con una metodología científica y de género. El feminicidio es la expresión máxima del odio hacia la mujer por el hecho de serlo, por considerarla un objeto desechable que puede ser tirado en la calle como basura. Mientras no logremos que cada investigación refleje esa realidad técnica y jurídica, seguiremos arrastrando un rezago que le cuesta la vida y la justicia a miles de mexicanas.

Existen avances en el sistema de justicia penal para la investigación y persecución del feminicidio en unos aspectos, pero los niveles de impunidad son grandes. También tenemos que estar más atentos para hacer medidas de prevención; trabajar más en las alertas de género. Este tipo de conversatorios permiten hablar de ello, conocerlo y, así, podemos prevenirlo, porque no se puede arreglar lo que no se conoce

Sin una correcta investigación y sanción los feminicidas saben que pueden vivir en impunidad, mientras que los casos aumentan y son más violentos.

Semblanza: Es una destacada especialista en temas de feminicidio y procuración de justicia con una trayectoria de 35 años de experiencia. Cuenta con el grado de Doctora en Derecho y es investigadora y académica en la UNAM, específicamente en la Facultad de Derecho y en el posgrado. En su faceta como autora, ha publicado cerca de 20 libros, de los cuales 10 son de su autoría directa y otros 10 en coautoría, destacando su obra más reciente titulada: “Cómo se investiga el feminicidio en el sistema de justicia penal”. Fue Agente del Ministerio Público y a ha ocupado cargos de alta responsabilidad en el servicio público: Directora de área en órganos internos de control de la SHCP y Policía Federal en donde también fue Directora de Seguimiento en la Unidad de Desarrollo, Control de Confianza, Asuntos Internos y Asesora del Comisionado General; en FGR fue Directora de Investigación de Narcomenudeo, Directora de Procesos en Segunda Instancia, y Asesora del Procurador.

COMPARTIR

Artículos

RELACIONADOS

Jorge Cuesta

Jorge Cuesta y su ejemplo

Debo reconocer que Jorge Cuesta es una de las figuras intelectuales que me resultan mas cercanas. En mi oficina tengo su retrato y le dediqué…