inteligencia artificial en el siglo XXI

Abogacía, metodología jurídica y personalización digital comercial

Un abogado no puede considerar que el derecho es pura especulación, y sí debe ser consciente de la complejidad de lograr precisión jurídica; debe ser contundente. Si se considera que el derecho es una ilusión o confusión, no se pueden detectar y resolver problemas jurídicos. En los casos jurídicos, preventivos y correctivos, sobre personalización digital del consumidor por parte de la empresa mercantil (comercial) se necesitan (deben existir) soluciones jurídicas. Esa es la importancia de la viabilidad y, por ende, la viabilización jurídica; la viabilidad jurídica es la forma de la coincidencia o incoincidencia entre la forma del caso y la forma del deber ser jurídico, según aplique (proceda), y la viabilización es el logro de armonía jurídica (lograr cumplir con el derecho).

El cumplimiento del derecho es exacto, si se conoce y aplica lo definido mediante el derecho; es decir, si se es profesional del derecho. Ese es el trabajo del jurista, profesional de lo jurídico (teórico-prácticamente, totalmente); porque solo se se aclara cómo procede el deber ser definido mediante el derecho a la medida del caso y se aplica ello se cumple con el derecho. No es algo arbitrario, es algo que se da cuando los hechos de la relación jurídica involucrada coinciden con dicho deber ser, es decir, cuando existen con armonía jurídica. Eso se verifica si existe o es ausente la aplicación de los derechos y deberes, por parte de todos los participantes (dado que todo está conectado jurídicamente, un derecho se ejerce si se ejercen todos los derechos y, correspondientes, deberes), en el caso.

La personalización digital comercial debe ser una forma efectiva de realizar el deber ser jurídico. Solo así es una manera de perfeccionar la experiencia (jurídica) del consumidor ante la empresa. No solo se necesita de una capacidad diligente (profesional, jurídicamente, en el derecho) de los abogados en temas puntuales, como, por ejemplo, el tratamiento válido de datos personales o la gestión diligente de algoritmos a través de inteligencia artificial (IA), sino que se necesita el abordaje jurídico integral según cada caso (relación jurídica) donde se presente alguna forma de esta personalización.

Además, pensar que todo se basa en normas conocidas como internacionales es una falacia, porque lo internacional es una parte del derecho, lo local es otra, incluido lo extranjero (lo local del Estado extranjero). Más bien, como he anotado en varios artículos precedentes, se trata de la universalidad jurídica. El derecho -completo- aplica a la medida del caso (jurídico); cuando incluye personalización digital comercial, estos hechos son parte de la definición de la forma de la procedencia jurídica (lo procedente/permitido/requerido jurídicamente). No se trata de que los abogados se conviertan en técnicos no jurídicos de la forma de esta personalización, sino en profesionales del derecho que saben y pueden atender la juridicidad (el deber ser jurídico) en cada caso al respecto.

Claro, cuando el abogado es óptimo en la forma de lograrlo, simplifica la manera de conocer y realizar lo jurídico en temas puntuales vinculados con ello (esta personalización, jurídicamente), por ejemplo, en lo referente a los actos jurídicos frente a datos personales o en lo atinente a la digitalización de la gestión documental o en cuanto a la exactitud de la forma de los derechos y deberes de la empresa y del consumidor en vínculos jurídicos sorportados en esta dinámica personalizadora (del/al consumidor). Esa es la solución jurídica; efectivamente, es decir, la efectividad que debe posibilitar el abogado (profesional del derecho). La evolución es cada vez que lo logra de una manera más simple (ante las anteriores). Personalizar es juridificar (universalmente, concretamente); según el caso. Con base en lo general (total) del derecho. Fin.

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