El año 2026 inició en un contexto de crisis que ha puesto en tensión los cimientos del orden internacional y el ejercicio efectivo de los derechos humanos en todo el mundo. En este escenario, la violencia de género —como una de las transgresiones más extendidas a dichos derechos a nivel global— se manifestó a través de un ataque sistemático contra los derechos de las mujeres conquistados tras décadas de lucha[1]. Este fenómeno se refleja, entre otras expresiones, en la adopción de legislaciones regresivas en algunos países, el incumplimiento de los tratados internacionales orientados a erradicar la violencia de género y el debilitamiento de los mecanismos de protección y supervisión del sistema de Naciones Unidas[2].
En el caso de México, la problemática presenta un matiz distinto. Desde el punto de vista jurídico, se han registrado avances significativos orientados a erradicar la violencia de género mediante la creación de diversos marcos normativos e institucionales desde hace más de veinte años. México cuenta con un marco integral para prevenir, atender y sancionar la violencia de género, basado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007) y sus sucesivas reformas, incluyendo la armonización con protocolos federales de investigación y la implementación de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. La atención se apoya en diversas instituciones como el INMUJERES, la Secretaría de las Mujeres, así como en Centros de Justicia para las Mujeres. A nivel operativo, se implementan modelos de atención integral, medidas de protección, capacitación de funcionarios y programas de prevención comunitaria.
México cuenta con un andamiaje jurídico amplio contra la violencia de género, pero la realidad demuestra que la ley no ha logrado traducirse en protección efectiva
Pese a esta estructura jurídica e institucional, la violencia contra las mujeres persiste de manera alarmante. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2021), el 70.1 % de las mujeres de 15 años y más ha experimentado, a lo largo de su vida, al menos una situación de violencia psicológica, física, sexual, económica o patrimonial, así como discriminación, lo que implica que siete de cada diez mujeres en México han sido víctimas de algún tipo de violencia. En los últimos años, las cifras continúan en aumento. En mayo del 2023, se registraron más de 3.500 homicidios de mujeres, incluidos feminicidios, lo que significa un promedio de 10 mujeres asesinadas cada día; en mayo del 2024, los reportes de violencia familiar subieron considerablemente (24.799 casos) y los delitos por violencia de género tuvieron un incremento histórico del 272% en comparación con 2015[3].
Ahora bien, debemos considerar que estas cifras nos muestran solo una parte de la realidad, pues evidencian la violencia que se ha podido detectar, quedando invisibilizada todas aquellas situaciones que no se han externado. Según ONU Mujeres (2020)[4], de las mujeres que han sufrido algunas situaciones de violencia de género, menos del 40% de las víctimas busca ayuda y menos del 10% denuncia. En el caso de México, el 98.6% de los casos de violencia sexual que sufrieron las mujeres mayores de 18 años no fueron denunciados o no se inició una investigación[5]; para algunas expertas, si las cifras muestran que 7 de cada 10 mujeres ha sufrido violencia en México, seguramente las tres restantes no pudieron denunciar[6].
Estas cifras obligan a cuestionar por qué, en México, las víctimas de violencia de género no denuncian, a pesar de la existencia de un marco jurídico amplio y de instancias formalmente creadas para su atención. La respuesta no puede simplificarse ni atribuirse a la falta de voluntad de las mujeres, sino que se explica por razones profundas vinculadas a la complejidad del fenómeno y a los obstáculos que enfrentan al momento de decidir denunciar. Entre ellos destacan el temor a represalias, la revictimización derivada de interrogatorios reiterados, la culpabilización de las víctimas o la falta de credibilidad otorgada a sus testimonios, factores que, en conjunto, desincentivan la denuncia y erosionan la confianza en las autoridades.
Las cifras de violencia contra las mujeres revelan un problema estructural agravado por el subregistro, la impunidad y la desconfianza en las instituciones
Por tanto, las soluciones a este grave problema estructural deben construirse a partir de las causas reales que subyacen la existencia de la violencia de género, el cual es un fenómeno complejo, con una multiplicidad de causas y expresiones, estrechamente vinculado a factores sociales, culturales y económicos, así como a diferencias estructurales de poder entre hombres y mujeres. Estas desigualdades han sido históricamente construidas y reproducidas mediante estereotipos, prácticas y normas que perpetúan la opresión y la desigualdad de las mujeres, generando impactos diferenciados en el ejercicio de sus derechos.
La solución que se ha dado en los últimos años a esta problemática en México se centra en una labor legislativa de gran calado, que toma visibilidad con la reforma constitucional 2024, que fortaleció el principio de igualdad sustantiva, la perspectiva de género, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y la erradicación de la brecha salarial por razones de género. Su implementación ha sido paulatina y ha significado que se tomen algunas acciones[7]. En enero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, varias modificaciones a diecisiete ordenamientos jurídicos para desarrollar acciones específicas a fin de lograr la igualdad sustantiva, incorporar la perspectiva de género, establecer acciones concretas para proteger a mujeres, niñas y adolescentes.
En relación con la violencia de género, la reforma actualiza la Ley General de Acceso de las Mujeres a un Vida libre de violencia para asegurar modelos de prevención, atención, protección y sanción de la violencia de género reforzadosque se implemente con perspectiva de género, respeto a los derechos humanos, enfoque interseccional y diferenciación por edad y condición social. Las medidas deben dirigirse a erradicar todos los tipos y modalidades de violencias contra las mujeres. De igual manera, las últimas reformas impulsan la coordinación de la Fiscalía General y las fiscalías de las entidades federativas para garantizar la recepción de denuncias y la atención sin revictimización, promover la creación de fiscalías especializadas en investigación de delitos relacionados con las violencias de género, que deberán contar con personal capacitado en procuración de justicia con perspectiva de género, derechos humanos y de infancia y adolescencia así como el otorgamiento inmediato de medidas y órdenes de protección y establecer modelos coordinados de atención en Centros de Justicia para las Mujeres y mecanismos de alerta temprana en casos de violencia; todas estas acciones se coordinarán y darán seguimiento por la Secretaría de Mujeres.
Como hemos visto en este análisis, la norma por sí sola, es insuficiente para lograr cambios estructurales, por lo cual es indispensable que se tomen acciones concretas para que estas reformas sean eficaces e impacten en la vida de las mujeres que han sufrido violencia; para ello se requiere de una implementación integral que, en relación con las reformas de 2026, signifique la implementación de mecanismos de alerta temprana, respuesta inmediata, asegurar la atención integral y especializada a las víctimas con enfoque de género, garantizar la justifica eficaz y no revictimizante y aplicar medidas de protección efectivas y monitoreadas. Asimismo, se requiere fortalecer la capacitación a funcionarios, homologar protocolos judiciales y administrativos y crear sistemas de información que permitan el seguimiento y coordinación entre autoridades federales, estatales y municipales. Estos objetivos requieren de un compromiso serio por parte del Estado de proveer presupuesto y de consolidar las instituciones para que se hagan realidad los cambios.
De igual forma, todo lo que hemos revisado se podrá lograr únicamente si se toman medidas para promover un cambio cultural que cuestione el machismo cotidiano, los estereotipos de género y la misoginia normalizada. Este primer paso requiere de un compromiso en educación, comunicación social y coherencia institucional que supone incorporar la perspectiva de género en todos los niveles. Como segundo paso es indispensable la promoción de la autonomía económica de las mujeres, toda vez que la dependencia económica constituye una de las principales razones por las cuales muchas de ellas no pueden salir de situaciones de violencia. En este sentido, resulta necesario garantizar el acceso real de las mujeres a un trabajo digno, la eliminación de las brechas salariales y laborales, así como el reconocimiento, la redistribución y la corresponsabilidad del trabajo de cuidados no remunerado. A ello deben sumarse apoyos económicos y laborales específicos para mujeres que se encuentran en contextos de violencia, como una condición material indispensable para el ejercicio efectivo de sus derechos y su seguridad.
Las reformas de 2026 representan un avance histórico, pero sin implementación integral, presupuesto y cambio cultural corren el riesgo de quedarse en el plano declarativo
En conclusión, la erradicación de la violencia de género no es únicamente un desafío legislativo, sino un imperativo estructural y cultural que demanda la acción coordinada de todas las instituciones estatales, la sociedad civil y las personas. Las reformas recientes fortalecen el marco jurídico, pero su verdadero impacto dependerá de la implementación efectiva de políticas públicas, protocolos judiciales especializados, medidas de protección eficaces y la transformación de las prácticas sociales que normalizan la violencia. Solo mediante un enfoque integral, basado en derechos humanos, perspectiva de género y corresponsabilidad social, será posible garantizar que las leyes trasciendan y se traduzcan en resultados concretos que protejan, empoderen y restituyan plenamente los derechos de las mujeres en México.
[1] Cfr. Equality Now, El retroceso global contra los derechos de las mujeres: qué estamos viendo y cómo respondemos – Equality Now (Consultado, 23 de enero del 2026)
[2] El secretario general de la ONU, António Guterres, en su intervención ante la Asamblea General General, advirtió que el mundo atraviesa un “caos” dominado por conflictos, impunidad, impredecibilidad y desigualdad[2] e hizo especial énfasis en “la fuerza que van cobrando el patriarcado y la misoginia con los intentos de desmantelar los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres” Los derechos de las mujeres están bajo asedio | Noticias ONU (Consultado 23 de enero del 2026).
[3] Cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP). Cfr. La Lucha Continua: Aumento de Casos de Violencia contra las Mujeres y la Demanda de Refugios en 2024 – Red Nacional de Refugios (Consultado 25 de enero del 2026).
[4] ONU Mujeres, Hechos y cifras: Poner fin a la violencia contra las mujeres: 2020 Qué hacemos: Acabar con la violencia contra las mujeres | ONU Mujeres (Consultado el 25 de enero del 2026).
[5] Según datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) para 2020 México Evalúa, “En 2020, el 98.6% de los casos de violencia sexual no se denunciaron”, Comunicado, 2021 En 2020, el 98.6% de los casos de violencia sexual no se denunciaron – México Evalúa (Consultado 25 de enero del 2026.
[6] Estas son declaraciones de Cynthia Acosta Ugalde, Coordinadora de la Comisión Interna para la Igualdad de Género de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Acatlán de la UNAM. Cfr. Romero Mireles,Laura, “Siete de cada diez mujeres han sufrido violencia en México”, Gaceta UNAM, 24 de noviembre del 2024, UNAM, México. Siete de cada diez mujeres han sufrido violencia en México – Gaceta UNAM (Consultado 23 de enero del 2026)
[7] Por ejemplo, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en marzo del 2024 expidió el Protocolo para la Inspección Laboral con perspectiva de género para verificar el cumplimiento del principio de igualdad sustantiva y salarial.







