Un Fiscal Independiente y Autónomo para México

La historia en México nos ha demostrado que la imagen de la Procuraduría General de la República y de las locales está demasiado devaluada.

Los ciudadanos tienen desconfianza para denunciar, los riesgos de hacerlo se presentan en distintos niveles de riesgo: pérdida de tiempo, pasar de víctima a victimario o simplemente que no se haga justicia y el caso quede en la impunidad.

Por ello, se debe estructurar una Fiscalía General Independiente y Autónoma para que la población vuelva a creer en las instituciones encargadas de dar seguridad al gobernado, que exista esa confianza y certeza jurídica al momento de presentarse a denunciar con la finalidad de que se haga verdadera justicia y no siga imperando la corrupción e impunidad como actualmente sucede.

Esta Fiscalía debe tener todas las herramientas necesarias para poder realizar investigaciones técnicas y científicas, ya no podemos seguir con improvisaciones e historias que incluyen verdades a medias o totalmente falsas, que dejen de ser manipulados los elementos y con la cual se pueda arribar al conocimiento de la verdad histórica de los hechos para que el encargado de juzgar e impartir justicia proceda a darle a cada quien lo que le corresponde.

No es posible que las investigaciones se sigan trabajando de manera burocrática desde el escritorio, se requiere de una adecuada especialización de los encargados de la investigación y persecución de todos los delitos, para que se puedan presentar las pruebas suficientes que acrediten la plena responsabilidad del imputado. Por ello, se debe ofrecer una capacitación puntual y especializada para lograr la profesionalización de los encargados de esta loable función.

El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma constitucional por el que la Procuraduría General de la República sería sustituida por la Fiscalía General de la República, en el cual se señala:

“Art. 102. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, D.O.F. 29 DE ENERO DE 2016)

  1. El Ministerio Público de la Federación se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio.

 (REFORMADO, D.O.F. 10 DE FEBRERO DE 2014)

Para ser Fiscal General de la República se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciado en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito doloso.

 (REFORMADO [N. DE E. CON LAS FRACCIONES QUE LO INTEGRAN], D.O.F. 10 DE FEBRERO DE 2014)

El Fiscal General durará en su encargo nueve años, y será designado y removido.”

Con esta reforma se consiguió que la Constitución dotara al Fiscal de autonomía, es decir, dejará de ser parte del Poder Ejecutivo, por lo mismo, ya no es miembro del Gabinete del Presidente de la República; asimismo, señala el propio artículo 102, el Fiscal será un funcionario independiente y autónomo, y estará en el cargo 9 años a partir de su designación.

Dicho lo anterior, podemos decir que el Fiscal independiente es un órgano de relevancia constitucional integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial, ​ que tiene constitucionalmente encomendada la promoción de la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social, es decir, debe velar por la defensa de la legalidad y del interés público-social.

Asimismo, el Fiscal ejercerá sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad, pero insisto, con una verdadera capacitación especializada en los temas que conlleva su actuación.

Esta figura puede ser la solución a la corrupción imperante en una administración; la independencia y autonomía dará, sin duda, certeza jurídica a todos, además de credibilidad de un sistema de justicia fuerte y democrático.

En México se debe nombrar al Fiscal independiente y autónomo para que se pueda aplicar la ley sin distinción y se termine con la impunidad, ya que tenemos muchos casos de que aquí no se investiga ni se castiga, todo lo contrario, se aplica la ley por consigna y se negocia al mejor postor.

En México se debe nombrar al Fiscal independiente y autónomo para que se pueda aplicar la ley sin distinción y se termine con la impunidad.”

Pero debemos ser conscientes de que, como en todos los asuntos relacionados con la justicia, siempre vamos a tener que prever que pueden existir riesgos negativos. Uno de ellos es, sin duda, el hecho de que el Fiscal es un ser humano, y, por ende, propenso a inmiscuirse en actos de corrupción, ya que el simple hecho de que todo el poder recaiga solamente en una persona conlleva a posibles abusos de poder y tendremos que apegarnos para su remoción al mismo artículo 102, fracciones IV y V, que dice:

“IV. El Fiscal General podrá ser removido por el Ejecutivo Federal por las causas graves que establezca la ley. La remoción podrá ser objetada por el voto de la mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores dentro de un plazo de diez días hábiles, en cuyo caso el Fiscal General será restituido en el ejercicio de sus funciones. Si el Senado no se pronuncia al respecto, se entenderá que no existe objeción.

 En los recesos del Senado, la Comisión Permanente lo convocará de inmediato a sesiones extraordinarias para la designación o formulación de objeción a la remoción del Fiscal General.

No obstante esta última reflexión, concluyo que definitivamente es importante y necesario un Fiscal independiente y autónomo para que México no siga en los primeros lugares de los países en los que existe mayor impunidad, para que por fin se haga justicia a quienes han pasado por este amargo episodio en su vida, y para quienes desafortunadamente van a tener que enfrentar un atentado contra sus bienes jurídicos tutelados y, per se, tendrán que acudir a la instancia correspondiente para denunciar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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