foro jurídico Alejandro Salafranca

Subcontratación: Inician las inspecciones

“El único que tiene algo que temer es el que haya usado el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados), como instrumento de simulación…” fueron las palabras del titular de la Unidad de Trabajo Digno de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, Alejandro Salafranca Vázquez, durante un seminario virtual organizado por la Cámara de Comercio Británica y que fue replicado en un boletín de prensa de la misma dependencia, publicado este lunes.

Salafranca advirtió que se guarde la calma, ya que las inspecciones no serán masivas sino estratégicas y especialmente dirigidas a los “focos rojos”.

¿Qué podemos interpretar de todo esto?, primeramente, que la STPS sabe que el sector empresarial esta preocupado por la posible arbitrariedad de las inspecciones y es que la costumbre indica que así serán, el problema, que esta autoría ha expuesto en múltiples ocasiones es que la inspección federal del trabajo es una figura poco profesional (por sus requisitos legales) y durante esta administración ha visto mermada sus filas (hay menos inspectores que el sexenio anterior). De igual forma, queda implícito que las inspecciones estarán meramente dirigidos a las empresas que hayan obtenido o intentado obtener su registro en el REPSE, cuando supuestamente estamos tratando de terminar con la subcontratación “abusiva” o “ilegal”, resultando obvio que este tipo de empresas no se registraron y por lo tanto, muy probablemente no sean candidatos de inspección y por ende regresamos al problema original: “si cumples; todo el peso de la Ley sobre de ti, si no cumples; puede ser que jamás sufras las consecuencias”.

Por otro lado, la STPS esta saturada de materia de inspección y de cuestiones derivadas de la segunda fase de implementación de la Reforma Laboral (tema que abordaremos en un par de semanas), adicional al tema del REPSE debe vigilar el cumplimiento de la Normatividad Laboral, que, como novedad, conlleva la vigilancia de la nueva NOM-035, se espera que se emita dentro del término, una nueva NOM referente al capítulo de teletrabajo y ello sin contemplar las inspecciones ordinarias, extraordinarias, programadas y demás “tradicionales”. Adicional a ello, hemos podido observar que EE.UU. no se reservará en cuanto a quejas laborales derivadas del TMEC se trate, por lo que podemos anticipar que las inspecciones serán: aleatorias, rápidas (no necesariamente eficientes) y por supuesto; inquisidoras.

Las inspecciones guardan una importancia medular, ya que los montos históricos son estratosféricos. Los adicionados artículos 1004-A y 1004-C en la reforma del 23 de abril de este año establecen multas máximas de cinco mil y hasta cincuenta mil veces la UMA respectivamente, estamos hablando de hasta casi 4.5 millones de pesos si es que la inspección determina que se llevan a cabo servicios de subcontratación sin contar con el registro, máxime de ello las multas son acumulables, esto quiere decir, si la empresa por desconocimiento o cualquier otra situación no permite la inspección y además posteriormente se determina que se realiza subcontratación “ilegal”, pueden derivar multas de 55,000 UMAS, todo esto nuevamente sujeto a la interpretación jurídica de un inspector que únicamente debe tener el bachillerato concluido y “demostrar conocimientos suficientes” de derecho del trabajo y de seguridad social (artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo; requisitos para ser Inspector del Trabajo), francamente el sector patronal tiene motivos para estar preocupado por inspecciones poco objetivas.

Te puede interesar: ¿Puede el patrón solicitar constancia de vacunación?

COMPARTIR