foro jurídico Permisos por vacuna Covid-19 SFT y PROFEDET protegen a los trabajadores para ejercer su derecho a ser vacunados

Permisos por vacuna Covid-19: SFT y PROFEDET protegen a los trabajadores para ejercer su derecho a ser vacunados

Ante la convocatoria de las autoridades de salud para acudir a la cita de vacunación contra el covid-19, algunas empresas han condicionado este permiso, por ello, tanto la SFT y la PROFEDET explican que, las instituciones no podrán negar el acceso a la vacuna de sus trabajadores.

Según los datos recopilados por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), las personas de entre 30 y 49 años de edad son quienes conforman el grupo más grande de trabajadores. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) detalló que, puesto que el grupo que se está vacunando es el que contiene mayor número de personas laboralmente activas, las empresas e instituciones no pueden negarles a sus trabajadores el asistir a la inmunización ni sancionarlos por las horas que se ausenten para este propósito, ya que se trata de un asunto de salud pública; lo mismo sucede con los trabajadores de entre 18 y 29 años que se encuentren dentro de sus plantillas.

“En realidad, no existe una ley específica sobre el tema, por ello, en marzo de 2020 se emitió en el Diario Oficial de la Federación una Declaratoria de Emergencia Sanitaria, la cual opera bajo las Leyes Aplicables en México, poniendo como responsables a la SFT y a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para atender las situaciones relacionadas con el trabajo durante la pandemia”, señaló Emilio Gárate, socio de la firma legal y de negocios BC&B.

No obstante, si un trabajador desea ausentarse el día completo por este motivo, deberá tomarlo a cuenta de vacaciones, o bien, acordarlo con un superior. Es importante que los empleados conozcan sus derechos y las leyes que los protegen, sin embargo, existen algunos vacíos al momento de la aplicación de los artículos, ya que no se ha emitido una orden oficial que ampare su seguimiento. El artículo 408 de la Ley General de Salud indica que las personas expuestas a contraer enfermedades transmisibles durante una pandemia deberán ser inmunizadas por las autoridades sanitarias correspondientes, esto se complementa con el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) que, en su fracción XIX bis, menciona la obligación que tienen las empresas de cumplir con lo que dispongan las autoridades en casos de emergencia sanitaria, de modo que deberán proporcionar los medios necesarios para la prevención de contagios entre su plantilla laboral cuando se declare una emergencia. Esto incluye, precisamente, las campañas de vacunación.

Por lo antes referido, la PROFEDET ha señalado que los patrones no pueden negar a los trabajadores el permiso para asistir a la inmunización. Sin embrago, al no estar claramente regulado, los patrones no están obligados a otorgar el tiempo necesario para que su personal acuda a las campañas del gobierno, mucho menos a otorgar todo un día.

Por esto, se sugiere que patrones y empleados acuerden muy claramente los horarios y fechas en que puede ir a vacunarse. Puede ocurrir el caso en el que se requiera un permiso para ausentarse, pero eso dependerá de los reglamentos internos de cada empresa y es obligación del área de recursos humanos indicar el procedimiento.

En caso de que el trabajador considere que se están violentando sus derechos, éste puede acudir a la PROFEDET para realizar una denuncia. Tanto esta instancia como la STPS están al tanto de las denuncias por afectaciones laborales en sus sitios web y su objetivo principal es proporcionar asesoría jurídica, así como facilitar los acuerdos necesarios entre trabajadores y empleadores para llevar a cabo de la mejor manera esta campaña de inmunización nacional.

Las asesorías son totalmente gratuitas en un horario de 08:00 a 15:00 de lunes a viernes en la CDMX y en las 47 representaciones de los estados. Además, el sitio de la Procuraduría Digital de Atención al Trabajador COVID-19 también apoya a las personas que se vean afectadas por despido o permiso sin goce de sueldo ante esta situación.

“Aunque ni el gobierno ni las empresas pueden forzar a una persona a vacunarse, este procedimiento es unas de las medidas a tomar para prevenir los contagios y la propagación de la enfermedad entre la población trabajadora del país, por lo que es ideal que esta población sea inmunizada en su totalidad, salvo los casos de personas que por motivos de salud no puedan hacerlo. Ante este escenario, empleados y empleadores deberán buscar consensos para las ausencias por vacunación y respetar los protocolos dictados por las autoridades sanitarias”, Afirmó Emilio Gárate.

Te puede interesar: Las Rentas de la Pandemia. Es Tiempo de Mediar

COMPARTIR