De acuerdo a las cifras que emite el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a octubre del 2021, 809 mujeres han sido asesinadas por razón de su género, sin embargo, hubo una pequeña disminución de 137 mujeres menos, comparado con el año 2020.
Los datos que arroja el informe es que en el Estado de México se detectaron 118 feminicidios, en Veracruz 61, Jalisco 57, Ciudad de México y Nuevo León 51, por lo que respecta al Estado con menos feminicidios es Tamaulipas, con 3 mujeres privadas de su vida por el simple hecho de ser mujeres. Cabe mencionar que de los 2470 municipios que hay en México, en 391 se concentran los feminicidios, dejando libres a 2079.
Por lo que respecta a los delitos de violencia familiar, aumentaron casi un 20% del 2020 al 2021; en el primer año se registraron 184.464 casos y en el 2021, 214.277. En cuanto a otros delitos de violencia de género en todas sus modalidades, fuera de la violencia familiar, se registraron en el 2021, 3476 casos y en el 2020, fueron 3335, teniendo un incremento del 4.2%. Las violaciones hacia las mujeres todavía han crecido más, un 30% en comparación con los mismos meses de 2020, en donde se registraron 16.544 mujeres y en el 2021, 17.784.
Ahora bien, es urgente atender otra conducta que afecta los derechos de las víctimas, la cual consiste en la difusión de imágenes de las mismas en diversos medios de comunicación, por ejemplo, tenemos el caso de la joven Ingrid Escamilla, quien fue víctima del delito de Feminicidio, cometido por su pareja sentimental.
En este lamentable hecho, diversos medios informativos impresos y digitales se difundieron imágenes del cuerpo de Ingrid, lo cual evidentemente, la divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituye una lesión a la dignidad de la persona y la memoria de las víctimas.
Dicha difusión causó conmoción e indignación entre sus familiares, amigos y en la sociedad en general, por ello, la respuesta de la sociedad fue exigir que no haya más filtraciones.
Además de este caso tan lamentable, es una constante que en diversos medios impresos se publican imágenes de mujeres víctimas de Feminicidio, en donde además utilizan encabezados en la famosa “Nota Roja” para llamar la atención y de esta manera atraer la atención de la gente e incrementar la venta del periódico, como ejemplo tenemos los que dicen:
“SIGUEN A DOS MUJERES Y LAS BALEAN AL PASAR POR TEPITO, UNA MURIÓ, OTRA QUEDO HERIDA”
“CAZAN A CHAVAS”
“ASFIXIAN A CHICA EN OBRA NEGRA, EN NICOLAS ROMERO”
“MADRUGAN A PAREJITA”
“ASESINAN A UNA POLICIA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO CUANDO LLEGABA A SU CASA, EN ZUMPANGO, ATAQUE FUE A LAS CINCO DE LA MAÑANA”
“A BALAZOS, SICARIOS ACABAN CON PACHANGA EN COACALCO, DOS CHICAS TRATARON DE ESCONDERSE, PERO TAMBIÉN LAS MATARON.”
Es por ello que la Fiscal General de Justicia de la Ciudad de México, Lic. Ernestina Godoy Ramos, presentó al Congreso de la Ciudad de México, una iniciativa de Ley para castigar las filtraciones de los expedientes de Fiscalía, la cual dice:
“…DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN ARTÍCULO 293 QUÁTER AL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
ARTÍCULO 293 QUÁTER: Se impondrán de 2 a 6 años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la Ley como delitos. Las sanciones previstas en el artículo anterior aumentarán en una tercera parte, sí la información que se difunda: Sea con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; Tratare de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o Sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima”.
Con esta iniciativa, la persona servidora pública, será acreedora a una pena privativa de la libertad y a una multa cuando de manera indebida difunda imágenes, audios, videos y documentos sobre los cadáveres, de las circunstancias de su muerte, de lesiones o el estado de salud de las víctimas.
Es de conocimiento público, que existen algunas personas servidoras públicas que se corrompen para dar acceso o filtrar información que forma parte de la carpeta de investigación sin que ésta sea bajo un fundamento legal y, con ello, incurren en una conducta que puede llegar a generar una mala investigación del delito y la adecuada integración de la carpeta para inculpar al presunto responsable de la comisión del delito.
Es importante destacar que con esta iniciativa además de castigar a quien cometa dichas conductas, se podrá evitar la espectacularización del Feminicidio y de cualquier otra forma de violencia de género, toda vez que, si no se hace, es muy posible que se llegue a acrecentar la normalización de la violencia contra las mujeres, además de que se puede percibir como una manera de incitar al entretenimiento y, como consecuencia, agrava el daño a las víctimas.
Es por ello que al establecer un tipo penal para sancionar a los servidores públicos que revelen o difundan imágenes o archivos de investigaciones se podrá fortalecer la protección legal a los derechos de las víctimas y combatir la violencia mediática de género.
“Una de cada 3 mujeres puede sufrir de abuso y violencia durante su vida. Esto es una abominable violación a los Derechos Humanos, pero continúa siendo una de las pandemias más invisibles y poco conocidas de nuestros tiempos”.
Nicole Kidman
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