foro jurídico suprema corte de justicia de la nación

La justicia Constitucional y la Suprema Corte

El Poder Judicial de la Federación establecido en el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como uno de los poderes del Estado vive tiempos de cambio, fundamentalmente en cuanto a la asunción de una postura institucional pro-defensa de los derechos humanos. Por supuesto, esto tiene que ver con la llegada a la presidencia del Alto Tribual del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, ministro caracterizado por sus criterios de avanzada hacia la máxima protección constitucional de la persona.

La justicia constitucional, en este sentido, se encuentra a cargo de dicho Poder a través de sus cinco órganos integradores, es decir: la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Unitarios de Circuito, y los Juzgados de Distrito. Todos éstos dotados de facultades, para resolver sobre la inconstitucionalidad de actos de los poderes Ejecutivo y Legislativo, sean estos federales o locales. No obstante, conviene precisar que la diferencia entre uno y otro órgano en materia de interpretación y de aplicación de la justicia constitucional, estriba en los efectos de sus resoluciones o sentencias.

En este sentido, sólo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación le corresponde determinar sobre la inconstitucionalidad de una norma general, para efectos generales, es decir, declarando la invalidez de dicha norma; el Tribunal Electoral no tiene dicha facultad, para declarar la inconstitucionalidad de una norma general, y en el caso de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito los efectos de sus resoluciones son relativos no generales.

Ahora bien, la Suprema Corte como máximo tribunal del país, y más aun como Tribunal Constitucional, es frecuente que se encuentre imbuido en escenarios mediáticos donde se ventilan un sinfín de conflictos de naturaleza política esencialmente, digamos; por ejemplo: el caso de las impugnaciones presentadas vía acciones de inconstitucionalidad contra leyes como la Ley de Seguridad Interior, la Constitución Política de la Ciudad de México, el Código Nacional de Procedimientos Penales, entre otras.

Sin embargo, debemos recordar que se trata de un órgano del Estado mexicano encargado de una función jurídica en estricto sentido, de ahí la relevancia de su blindaje orgánico que lo mantenga alejado de injerencias políticas o sociales ilegítimas, tanto a su estructura institucional como a las y los propios ministros de la Suprema Corte.

En el fortalecimiento del Poder Judicial juegan un papel esencial las y los ministros de la Suprema Corte como elementos indiscutiblemente representativos de uno de los valores más altos de la democracia, la justicia. Empero, la impartición o administración de justicia fundada en principios éticos y morales del juzgador, es decir, sustentados en una calidad o pulcritud resolutoria que se funde, primero, en la conciencia misma del cumplimiento de sus deberes como ciudadano, para luego, exponer en conciencia los argumentos o la argumentación jurídica de un fallo justo.

Por otro lado, la naturaleza del ejercicio de la función jurisdiccional, especialmente la relacionada con la de la Suprema Corte, es compleja y, por lo mismo, en ocasiones incomprensible, para algunos no especialistas en la materia. Se requiere, quizá, del impulso hacia esquemas jurisdiccionales que reflejen el ejercicio de esta función mediante la emisión de sentencias claras, sencillas, didácticas, de fácil comprensión para todas y todos.

Una forma de generar un efecto refractario del desprecio político o social del trabajo del Alto Tribunal es, desde nuestra perspectiva, adoptando una política no sólo de socialización de las sentencias, sino de un trabajo previo a la emisión de sentencias, es decir, acercar el conocimiento de dicho trabajo a la sociedad. Una sociedad informada y con conocimiento es una sociedad útil para sí misma, además de ser crítica, proactiva e impulsora de su propia realidad jurídica y social.

El Poder Judicial de la Federación es el máximo garante del Estado constitucional, democrático y de derecho de nuestro país, un auténtico poder del Estado que no posee una labor autonómica o alejada de las realidades sociales, políticas y económicas de los ciudadanos, sino que interactúa con los poderes Ejecutivo y Legislativo a través de su función pública en la consecución de los fines del Estado como la paz, la justicia social, el desarrollo, la seguridad, la libertad en todas sus modalidades, etcétera. De este tamaño es la responsabilidad de las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

COMPARTIR

Artículos

RELACIONADOS