Una nueva vida llega a la tierra, por planeación o “Actos de Dios”. Sea que se haya hecho una evaluación minuciosa de los deberes y obligaciones de engendrar a un ser humano o no, la Ley contempla una serie de Derechos que protegerán al nuevo ser y delimita así, el marco normativo y actuar de la familia.
El compliance, o cumplimiento normativo, adopta en toda manifestación de la vida humana los deberes normativos aplicables a esa expresión de la conducta humana y construye, sobre estos cimientos, una serie de pilares basados en la ética, la moralidad y la integridad.
Como tendencia, el compliance ha servido históricamente para delimitar la actuación de las personas morales, y ha fallado en la provocación del diálogo del cumplimiento al cual deben adherirse las personas físicas en una de las esferas más íntima, pero que, por ser génesis de la sociedad, atañe al presente: la familia.
Sumado a esto, la familia tan sólo en poder de valerse de medios que por sí disponga, concentra a su vez el foco de la presente discusión en la capacidad propia del Estado de cumplir.
Históricamente, el Estado se llena a sí de ordenamientos, vastos en utopía (serían el equivalente a “programas de compliance de papel”, es decir, debate sobre su utilidad práctica): proteger la vida, los derechos de las niñas y los niños, penalizar la discriminación, con intentos a medias o insuficientes.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en México establece que “son niños, los menores de 12 años, y adolescentes las personas de entre 12 años cumplidos y menos de 18 años”; otorgando, por el simple hecho de serlo, derechos, los cuales son terreno ideal para los cuestionamientos del compliance que tienen como objetivo eso: cumplir.
¿Derecho a condiciones de bienestar, sano desarrollo integral y la educación?
La historia de grandes mentes criminales data su origen en una infancia carente, sin oportunidades, hambruna y sin acceso a la educación. Joaquín Guzmán Loera (alías “el Chapo”), según datos de BBC obtenidos de sus declaraciones en la Corte de EE. UU., “nació el 4 de abril de 1957 en la ranchería de La Tuna, Badiraguato, un municipio en las montañas de Sinaloa, […] sus padres eran campesinos, ayudó a su familia y no llegó a terminar la educación primaria”.
Tal nivel de carencia y necesidad permitieron que el único medio “disponible” para garantizar el derecho a la supervivencia fuera aliarse con capos de la droga para “cultivar desde muy joven pequeñas cantidades de estas plantas cerca de su casa en las montañas”.
No sirva el presente argumento como justificación de la conducta antijurídica, sino abone a la conversación sobre los factores que suman a su comisión y detone la reflexión sobre el papel activo / pasivo (hacer o no hacer) de nuestro Estado y cada uno de nosotros.
Ya lo decía Freud, Lacan y Klein:
En la infancia se gesta el futuro del individuo durante todas las etapas de la vida y la importancia que tiene esta para determinar la estructura de personalidad del ser humano, destacándose que la gran mayoría de los procesos psíquicos tienen su origen en la infancia.
Compliance como génesis
En un mundo ideal cada concepción de un nuevo ser “cumpliría” con los deberes y obligaciones que impone nuestra Carta Magna y demás ordenamientos jurídicos. En este universo utópico, a su vez, el Estado y sus órganos garantes “cumplirían” con su objeto, brindando a sus ciudadanos las condiciones óptimas para el desarrollo de sus vidas, reduciendo así la probabilidad de eventos traumáticos que den origen al próximo Chapo.
El número de infantes abusados disminuiría drásticamente si sus cuidadores cumplieran con su deber de condiciones de bienestar (construcción de defensas, incluyendo la educación sexual).
La tasa de suicidios bajaría si como padres respetamos el derecho a la identidad, una vida libre de violencia, derecho a la integridad personal, así como la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura.
La probabilidad de engendrar al próximo gran delincuente sería mínima si se le dieran los medios necesarios de educación y sustento, a él y a su familia.
¿Cuántos niños no creerían en sí mismos si tan solo “cumpliéramos”, qué tipo de sociedad estaríamos heredando a próximas generaciones?
“Creemos que el mundo está mal, por que así lo heredamos, poco pensamos pues, en la responsabilidad que yace en nosotros de romper con la cadena de abusos. Leemos, nos identificamos y nos convertimos en la víctima, renunciando al rol que tenemos en nuestras manos de cambiar al mundo”.
–Daniel Medina
El compliance y el debido control son de gran utilidad para atenuar la responsabilidad penal de la persona jurídica por los delitos que se cometan en su nombre, en su beneficio, a través de los medios que esta disponga o sus representantes.
Este mismo compliance hoy puede ser aplicado en nuestra vida, comenzando con el pilar de la sociedad: la familia. Creando así mejores mundos, no apuntando hacia una utopía, sino al trabajo incesante que tenemos por simple hecho de vivir.
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Referencias
- Jurídico, D. (s. f.). Familia. Diccionario Jurídico. Recuperado 12 de abril de 2021, de http://diccionariojuridico.mx/definicion/familia/
- Diccionario de la Real Academia Española.
- BBC News Mundo. (2019, 17 julio). «El Chapo» Guzmán: cómo pasó de ser un niño pobre al capo de la drogas más poderoso del mundo. https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-47221382
- Medina, D. (2019, 17 mayo). Evolucionando el Compliance en México: Antecedentes internacionales. Foro Jurídico.
- Acuña, E. A. (s. f.). La infancia desde la perspectiva del psicoanálisis: un breve recorrido por la obra clásica de Freud y Lacan; Klein y los vínculos objetales. BV Salud. http://pepsic.bvsalud.org/pdf/tpsi/v50n1/v50n1a16.pdf