foro jurídico sede legislativa y argumentación jurídica

Interpretación y argumentación en sede legislativa

La interpretación y la argumentación jurídica se han vuelto dos de los temas más relevantes en la teoría así como en la dogmática jurídica, orientados principalmente a la labor judicial. Esta vigilancia sobre la calidad de las sentencias es necesaria porque permite un diálogo entre academia y judicatura, del que suponemos un beneficio final para quienes piden justica.

Si bien esa labor es necesaria, intuyo que hay un déficit democrático por una ausencia injustificada.

Sostengo lo anterior porque al centrar la discusión en las sentencias estamos obviando el estudio de la interpretación y la argumentación en sede legislativa, justo donde se crean las normas que se aplican en las resoluciones judiciales. Ya sea porque se asuma que la última palabra está en los tribunales, o que se suponga que la labor legislativa es deficiente en los rubros citados, la ausencia de estudios sobre la calidad del razonamiento en los trabajos parlamentarios es un defecto a corregir.

Desde luego los hay, meritorios y profundos. Pero compare usted el número de libros y artículos que hay sobre la argumentación judicial con los escritos sobre la argumentación legislativa.

Sostengo que hay un déficit democrático porque los cuerpos legislativos cuentan con un origen popular que no tiene la judicatura, son producto de debates y elecciones, de campañas, de discusiones; representan a la ciudadanía de una forma que los tribunales no están diseñados para lograr (y algunos consideran que eso es bueno, en lo personal tengo mis dudas)

Así el centrarnos en el razonamiento judicial puede tener por origen un desprecio por la labor legislativa, una especia de reverencia por un trabajo que se asume técnico y aséptico, en comparación con otro que se estima político y parcializado.

Esto implica suponer que la protección de los derechos, o si quiere usted la justicia (con minúsculas porque es la única a la que las personas podemos aspirar en la tierra) solo puede darse en los tribunales, que tienen la “función de corregir lo que no se hace bien en la arena política”.

Debemos estudiar lo que hacen las  y los legisladores. Revisar la calidad de sus argumentos cuando para los problemas nacionales sostienen soluciones legislativas o incluso constitucionales por vía de reforma. Evaluar la calidad de las exposiciones de motivos, revisar la correcta técnica en la redacción, observar con minuciosidad la estructura y texto de las normas.

Esto implica valorar a los legislativos tanto federal como locales en su justa medida de representantes populares a los que se les debe exigir calidad en su trabajo. Implica también ayudarles mediante la crítica y el diálogo a redactar mejores leyes, que además de atender las razones de su origen también puedan ser defendidas exitosamente en los tribunales.

De otra manera, pareciera, estamos dejando a un lado el elemento democrático de nuestra república, suponiendo que no tiene sentido invertir tiempo en su actuar.

Mejores sentencias sí, pero antes mejores leyes.

 

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