El evento del presidente Andrés Manuel López Obrador del pasado 30 de marzo denominado “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno”, celebrado en Palacio Nacional, sí constituyó propaganda gubernamental personalizada, determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con lo que revocó la determinación de la Sala Regional Especializada.
La decisión se dio por unanimidad de votos, y se propuso regresar el expediente a la Sala Regional Especializada para que emita a la brevedad una nueva sentencia, deslinde responsabilidades y establezca las consecuencias jurídicas que sean necesarias, incluyendo, en su caso, las medidas de no repetición.
El Pleno consideró que sí fue un acto de propaganda al tener el objetivo de persuadir a la sociedad de que el estilo de su gestión gubernamental resultaba loable, en una fecha en que ya había iniciado el proceso electoral en todo el país y se desarrollaban campañas en seis estados.
El 26 de marzo pasado, el PRD impugnó la realización del evento, fue hasta el 10 de abril que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) admitió la queja e inició las indagatorias. Posteriormente la Comisión de Quejas del Instituto declaró improcedentes las medidas cautelares, por ser actos consumados y declaró la improcedencia de la tutela preventiva, al solicitarse sobre hechos futuros de realización incierta. la Sala Regional Especializada determinó la inexistencia de infracciones, inconforme, el PRD promovió el 8 de mayo un recurso de revisión del procedimiento especial sancionador.
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