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Esquemas Ponzi: una amenaza latente en México

El caso más reciente de un fraude en el sistema financiero mexicano hecho por un Sujeto Obligado es el caso de Ficrea

Los esquemas Ponzi son una forma de estafa que atrae inversores y paga utilidades a los inversores con fondos de inversores más recientes.

Este esquema lleva a los defraudados a creer que las ganancias provienen de actividades licitas (por ejemplo, inversiones exitosas), y desconocen que otros inversores son la fuente de los fondos. Este esquema puede mantener la pantalla de un negocio sumamente sustentable y prolífico siempre que los nuevos inversores contribuyan con nuevos fondos, y siempre que la mayor parte de estos inversores no exijan el reembolso total y sigan creyendo en los activos inexistentes que supuestamente existen.

Este esquema fue llevado a cabo por Carlo Ponzi (Italia 1882 – Brasil 1949) y se hizo conocido en Estados Unidos debido a la gran cantidad de dinero que recibió. El esquema original se sustentaba en el arbitraje legitimo de cupones de respuesta internacional de sellos postales, pero comenzó a desviar los recursos recibidos por parte de los inversores nuevos para realizar pagos a los nuevos inversores y así continuaba el ciclo. A diferencia de otros esquemas, el Ponzi obtuvo una cobertura mediática muy fuerte en Estados Unidos y por ende de manera internacional.

¿Cómo funciona?

El siguiente esquema explica de una forma grafica como funciona el Esquema Ponzi:

Así funciona el esquema
Imagen: Warrior Trading

Como se aprecia en la imagen, la cabeza del esquema recibe recursos de las primeras dos personas, a su vez, esas dos personas traen a dos más y así sucesivamente. También se le conoce como esquema piramidal, pero tienen el mismo fundamento.

Señales de alerta.

Conforme a la U.S. Securities and Exchange Commission, los esquemas Ponzi comparten características que se podrían considerar como señales de alerta, las cuales son:

  • Retornos de inversión altos con un riesgo mínimo o nulo.
    • Cualquier inversión, conlleva un riesgo y a mayor monto de inversión, mayor riesgo. Cualquier oportunidad de inversión garantizada, es sospechosa.
  • Ganancias demasiado estables.
    • El valor de una inversión tiende a fluctuar con el tiempo, especialmente aquellas que ofrecen el potencial de altos rendimientos. Las inversiones que producen rentabilidades positivas de forma constante, independientemente de las condiciones generales del mercado, se consideran sospechosas.
  • Inversiones sin registro.
    • Este esquema por lo regular involucran inversiones que no están registradas ante los reguladores (en el caso de México, realizar este ejercicio sin la autorización del Banco de México, Comisión Nacional Bancaria y de Valores o la Secretaria de Hacienda y Crédito Público). Este registro es vital para que los inversores tengan acceso a información importante sobre las operaciones, productos, servicios y finanzas de la empresa.
  • Asesores sin licencia.
    • A nivel mundial, los profesionales de la inversión y las empresas deben de estar registrados. Los esquemas Ponzi involucran a personas sin licencia o empresas no registradas. En el caso de México, los asesores de inversiones y empresas que ofrecen estos servicios deben de tener la Certificación AMIB (Asociación Mexicana de Instituciones Bursátiles) para poder operar productos de inversión. Esta acreditación se puede consultar en el portal de la AMIB.
  • Estrategias secretas o complejas.
    • Inversiones que no son claras o no dan información completa.
  • Problemas con el papeleo.
    • El personal de la empresa da excusas con respecto a porque los clientes no pueden revisar la información por escrito de una inversión. Además, los errores e inconsistencias en el estado de cuenta son con frecuencia señales de que los fondos no se están invirtiendo según lo prometido. Adicional a lo anterior, es muy frecuente que no exista documentación al respecto.
  • Dificultad para recibir pagos.
    • Los Clientes no reciben sus rendimientos o tienen dificultades para retirarlos (rendimientos o inversiones). Los asesores de este esquema comúnmente “animan” a los inversores a reinvertir los recursos y con tal de retenerlos, prometen tasas de rendimiento muy altas (mas del promedio ofrecido a sus demás clientes).
  • La empresa no se encuentra registrada y controlada ante un regulador.
    • Estas empresas y sus asesores deben de estar registrados ante un regulador local, como, por ejemplo:
ReguladorPaís
Securities and Exchange CommissionEstados Unidos
Comisión Nacional Bancaria y de ValoresMéxico
Comisión Nacional del Mercado de ValoresEspaña
Superintendencia de Administración TributariaGuatemala
Superintendencia FinancieraColombia
  • Falta de auditorías confiables.
    • La empresa o las operaciones no son auditadas por alguna de la casa auditora confiable, como por ejemplo KPMG, Deloitte, PwC o EY, que son las denominadas “Big Four” en materia de Auditoria.
  • Tienen controles laxos o nulos en materia de Prevención de Lavado de Dinero.
    • A pesar de que los profesionales en esta materia dan sus opiniones y exigencias en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo a la Alta Dirección, son ignorados porque de lo contrario, no podrían llevar a cabo el esquema Ponzi. En este sentido, los Oficiales de Cumplimiento deben de documentar este tipo de situaciones y en cuanto sea posible reportarlo ante la autoridad correspondiente.

¿En México se han conocido casos tipo Ponzi?

El caso más reciente de un fraude en el sistema financiero mexicano hecho por un Sujeto Obligado es el caso de Ficrea el cual fue documentado brevemente por Jorge Valdivia García en su texto Ficrea, un fraude que desnuda a la supervisión y a la cultura financiera en México, otra vez” y donde se defraudo a aproximadamente 6,848 personas por una cantidad aproximada de $2,700,000,000.00.

En este sentido, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores debe de tener muy bien detectado este tipo de casos para que no se repitan nuevamente, adicional, los potenciales clientes deben de pedir toda la documentación y licencias correspondientes a las empresas para que se eviten potenciales fraudes. En este sentido, dentro de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, del artículo 4 al Artículo 9 Bis 4, describe las actividades que son facultades de este órgano regulador.

Desafortunadamente y derivado de la Ley Fintech, existen empresas que se escudan en este ordenamiento para cometer irregularidades (captación irregular, inversiones no registradas, actividades contrarias a la licencia que están aplicando -IFC o IFPE-, etc.), por lo cual es muy importante que se exija el documento probatorio de la autorización que el regulador haya otorgado, o bien, corroborarlo en el portal PES (Padrón de Entidades Supervisadas) o bien ante el Sistema de Registro de Prestadores de Servicios de CONDUSEF mediante el portal, a su vez, estas autorizaciones aparecen en el Diario Oficial de la Federación una vez que han sido debidamente autorizadas y que han cumplido con todo lo requerido por la ley para su constitución y operación.

¿Cuál es la obligación de los Oficiales de Cumplimiento en estos casos?

Aunque es un poco complicada la labor del Oficial de Cumplimiento porque siendo completamente honestos a casi nadie le gusta cumplir con la ley ya que las áreas comerciales indican que las áreas de Cumplimiento son topes para que puedan hacer negocio, pero cuando se presentan estos casos, a la brevedad deben de notificar al ente regulador, en este caso, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para que se lleven a cabo las acciones correspondientes. Para este fin, la CNBV ha habilitado los canales a través del SITI cuando son operaciones inusuales o internas preocupantes, aunque valdría la pena para aquellas entidades que aún no están reguladas habilitar un canal de comunicación para el Oficial de Cumplimiento para denunciar estas actividades irregulares o ilícitas, siempre bajo la garantía de la confidencialidad.

Cada uno de nosotros, desde nuestra trinchera debemos de estar completamente listos para reportar este tipo de situaciones a la autoridad.

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Referencias

https://www.amib.com.mx/

https://www.cnbv.gob.mx/

https://condusef.gob.mx/

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