Con las recientes turbulencias y sacudidas al Poder Judicial hemos puesto -aún más- a la justicia al escrutinio público. Ayer leí un tweet del Ministro Zaldívar en donde decía que, como juez constitucional no le movía la opinión que de él se tuviera, pero considero que, como cualquier otro juez, tiene que estar conectado con lo que los justiciables piensen, sientan y opinen sobre el rumbo que tome la justicia en su país.
El papel de los jueces es decisivo en la vida democrática e institucional y por ende tiene que estar en sintonía con los cambios, actualizaciones de la vida en sociedad, y los reclamos sociales de las minorías. Por ejemplo, aun antes de la reforma constitucional de derechos humanos del 2011, se dictaron sentencias que evidenciaron una apertura institucional a la construcción del interés legítimo, aun y cuando este no existía en el texto constitucional.
Se destaca el juicio de amparo administrativo 1157/2007 promovido por la comunidad de Mini Numa, Metlatonoc, Guerrero del Juzgado Séptimo de Distrito de Guerrero, en la que se reclamaban la construcción de una unidad médica, ya que el centro de salud más cercano estaba a más de una hora de su comunidad, como se mencionó, el interés legítimo no estaba contemplando en la Ley de amparo, en una visión restringida, el Juez pudo ni siquiera haber admitido a trámite la demanda.
Eso no pasó, ya que para justificar el agravio personal y directo como requisito de procedencia, el Juez argumentó que más allá de la naturaleza colectiva del derecho a la salud, la violación se materializó en cada uno de los integrantes de la comunidad, ya que de una forma u otra se había violado su derecho a la salud de forma directa y en consecuencia les reconoció su interés jurídico. Esta visión progresista de un Juez al tanto de las necesidades de los justiciables ayudan a la formación y fortalecimiento de figuras jurídicas a favor de los justiciables.
En ello baso mi teoría para explicar que el Juez no es como lo ven los puristas, como si estos fueran “entes intocables” que solo aplican la Ley y se mantienen al margen de ella, esta concepción solo los aleja de sus justiciables y de su realidad. Tan son de importancia mayúscula, que en ellos descansa la autonomía e independencia de todo un poder constituido como lo es el Judicial, a propósito, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en 2015, incluyó, dentro de sus catorce recomendaciones, la de garantizar la independencia y autonomía de las instituciones del sistema de justicia, y específicamente, “la de las personas que las encabecen”[1].
Una verdadera visión transformadora de los jueces es vital para construir la justicia para los gobernados esto no puede hacerse sin prestar atención a los reclamos de la sociedad. Las protestas a defender la autonomía del Poder Judicial no pueden ser ignoradas, mostrarse indiferente o “no mover” a UN JUEZ, menos si se trata de quien tiene en su encargo velar por el funcionamiento de la maquinaria judicial cuyas decisiones afectarán -para bien o para mal- a los justiciables y a sus derechos.
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[1] Recomendaciones a México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sr. Zeid Ra’ad Al Hussein, resultado de su visita oficial al país en octubre de 2015. Disponible en: http://hchr.org.mx/images/doc_pub/RecomendacionesMX_AltoComisionadoDH_ES.pdf