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El Derecho culto: epistemología jurídica y nuevas concepciones

El Derecho puede ser un sinfín de cuestiones, puede considerársele desde un sinfín de perspectivas y puede tratársele desde muchísimos paradigmas. Lo cierto es que, ahora con todos los conocimientos jurídicos que giran en torno nuestro, los juristas no podemos quedarnos encasillados en una sola concepción del derecho o pensar en el Derecho como la mera creación, lectura, entendimiento y aplicación de los ordenamientos jurídicos, la tarea de todos los abogados (e incluso los futuros abogados) no debe acotarse en tan efímera perspectiva. Nos encontramos ahora ante un Derecho culto.

 

La epistemología jurídica y un acercamiento al conocimiento del conocimiento.

 

El artículo de hoy es de tipo reflexivo y queremos empezar partiendo desde aquí, desde la epistemología jurídica (en adelante EJ) o, como la concibió Comanducci, la forma en que conocemos al Derecho. A decir de Paolo, la EJ reside precisamente en ello y quizá podemos preguntarnos cuán importante es que los actuales abogados se alleguen de conocimiento epistemológico. Nosotros lo consideraríamos una tarea imprescindible, no sólo para los abogados sino para los estudiantes de Derecho, y es que podríamos preguntar a cualquier estudiante de la licenciatura en Derecho ¿qué es el Derecho? Y seguramente la gran mayoría acotaría su respuesta a la típica definición de “conjunto de normas jurídicas que…”, y pocos irían más allá de ello, pero si el mismo cuestionamiento se formulara a los operadores de lo jurídico estamos seguros que la respuesta no estaría tan alejada de la anterior.

 

Un reducido número de juristas (entre ellos de lo más preparados) sí que daría una respuesta extensa e incluso tomaría cuestiones epistemológicas, es decir, cómo hemos conocido y entendido el conocimiento de lo jurídico y nos hablarían de los paradigmas a través de los cuales se han tratado los fenómenos jurídicos y claro está, estos eruditos en Derecho, no dejarían de mencionar que el derecho es una ciencia inacabada.

 

Pero entonces ¿Por qué los estudiantes de licenciatura (quizá incluso de Maestría) no pueden responder de ese modo al cuestionamiento? ¿Se está enseñando de manera correcta la EJ en las aulas? ¿Se está haciendo énfasis en lo que implica el Derecho? ¿Se está dejando que los estudiantes continúen pensando que la EJ no sirve para nada? ¿Se forman futuros abogados bajo la mentalidad de que el derecho es y será un “conjunto de normas jurídicas (…)”? ¿Por qué los abogados, ya formados, no exploran nuevos conocimientos? ¿Por qué en su mayoría piensan que, por ejemplo, el litigio no tiene nada que ver con la EJ o con lo filosófico, o con lo axiológico etc.? Esta problemática nos concierne a todos los juristas (formados y por formar) y tiene solución.

 

Las nuevas concepciones del Derecho.

 

Las nuevas concepciones desde las cuales se comenzó a entender al Derecho (hace varios años ya), pueden guiarnos, pueden darnos luz. Si tomamos a la ideología de Dworkin o Hart (ambas opuestas) o Comanducci (Neoconstitucionalismo) o Luigi, etc., podríamos desarrollar un escenario más completo (aunque siempre inacabado) de lo que es la ciencia del Derecho. La tarea de ampliar los conocimientos en torno al Derecho debe ocuparnos a todos.

 

Tal y como lo dijimos al inicio, el Derecho es culto, podríamos decir “Derecho culto”, con esta expresión queremos dar a entender que el Derecho va más allá de la simple tarea de aplicar el derecho, de la tarea de interpretarlo, de la tarea de argumentarlo, de la tarea de estudiarlo, va más allá de verlo desde una perspectiva positivista, iusnaturalista o sociológica, no es un mero conjunto de normas (dónde quedarían los principios, reglas, directrices, etc.), el Derecho no se encuentra contenido (en su totalidad) en Leyes, códigos o cualquier otro producto legal, es por ello que el Derecho requiere de allegarse de ciencias afines y de ciencias generales (por ejemplo la sociología) las cuales permiten que nuestra ciencia se fortalezca y evolucione.

 

Consideramos, entonces, que el Derecho podría nutrirse desde dentro, desde la labor de todos los que operan en la materia, y ello implicaría nutrir la tarea de los abogados, desprender la ideología de que el litigio no se relaciona con nada más que leer, entender y aplicar la ley; despojar a los futuros y presentes abogados de considerar al Derecho bajo una única perspectiva, se requeriría ampliar horizontes y pobres de aquellos que pretendan situarse fuera de ello pues sino actualizan y evolucionan con el conocimiento se quedarán relegados.

 

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