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El Control Parlamentario y el Poder Ejecutivo

México y su historia parlamentaria, durante los últimos 100 años, ha experimentado, al menos, dos realidades, la primera tiene que ver con un sistema jurídico sustentado en un Estado constitucional, democrático y de derecho en el que se disponen múltiples tareas parlamentarias, entre éstas, las relacionadas con la actividad del Poder Ejecutivo, sus dependencias y demás instituciones a fin de ejercer un tipo de vigilancia y supervisión sobre sus acciones, constituyéndose en un mecanismo de control constitucional encomendado al Congreso y a sus Cámaras de Senadores y de Diputados.

Paralelamente a la realidad jurídica o constitucional, hemos igualmente experimentado, por muchas décadas, una realidad fáctica en donde el titular del Poder Ejecutivo y la mayoría de las y los representantes en el Congreso pertenecen a un mismo partido político o, teóricamente, a una misma ideología política. Esto, en principio, se ha visto como la inmejorable oportunidad del Ejecutivo, para llevar a cabo con éxito su plan de gobierno y las políticas públicas acordes al mismo, considerando que contará con el respaldo de la mayoría parlamentaria para tal efecto.

Sin embargo, el juego de estas dos realidades -jurídica y fáctica- no siempre han resultado favorables a los intereses nacionales, puesto que los efectos del control parlamentario, como un mecanismo de control constitucional, se ve diluido o debilitado cuando la realidad fáctica supera la realidad jurídica, cuando el poder hegemónico del titular del Ejecutivo logra imponer su voluntad y, como se dice coloquialmente “tira la línea” a las y los parlamentarios, para aprobar o no determinadas iniciativas de creación de leyes o de reformas a la legislación, nombramientos o designaciones, etcétera, con objetivos eminentemente más políticos que institucionales.

Lo anterior, ha puesto en entredicho la actividad autónoma e independiente del Congreso y de sus legisladores, puesto que dejan de cumplir con una de sus funciones más importantes para el Estado constitucional, democrático y de derecho que es, el llamado a nivel nacional e internacional como control parlamentario de las acciones del Poder Ejecutivo, para convertirse en una “ventanilla de trámite de éste” lo que, sin duda alguna, rompe con nuestro orden jurídico y, sobre todo, con una finalidad esencial como lo es mantener el equilibro entre los poderes del Estado -particularmente entre el Ejecutivo y Legislativo- y evitar el abuso de poder.

Nuestro sistema democrático, sustentado en el sistema representativo que marca la Constitución, tiene como uno de sus objetivos fundamentales el ejercicio del poder político a través de las y los parlamentarios, para y por el interés general de la Nación, así como de las y los ciudadanos. De ahí la importancia de su función como vehículos transmisores de las inquietudes ciudadanas, la vigilancia y el control de las acciones de gobierno y la toma de decisiones de carácter político, cuyo único interés es la protección y la salvaguarda de los derechos fundamentales o derechos humanos de sus representados.

Uno de los objetivos centrales de nuestro sistema democrático es el reparto de competencias y responsabilidades. Por ello, es importante considerar que aun y cuando a raíz de dicho sistema existen las mayorías parlamentarias, también da lugar a las minorías, cuyas atribuciones, responsabilidades y derechos son incuestionables.

La evidencia fáctica ha demostrado históricamente que esas minorías parlamentarias juegan un papel de suma importancia para los objetivos del control, la vigilancia, la fiscalización y la sanción de las acciones del gobierno, en tanto que su visión o perspectiva, colocada fuera de los intereses del grupo político mayoritario, se percibe más crítica respecto de las actividades del gobierno ya desarrolladas, pero también en relación con aquellas que están en curso o se desarrollarán en proyectos futuros.

Da aquí la teoría del poder difuso del control parlamentario, que no tiene como propósito el derrumbe del gobierno en turno y menos de las instituciones, sino una tarea de revisión o fiscalización en la que actualmente, incluso, la participación ciudadana se ha vuelto cada vez más imprescindible, lo cual dota de mayor legitimidad el ejercicio de las funciones de los agentes parlamentarios o legisladores.

En un Estado constitucional, democrático y de derecho como el nuestro, la tarea de las y los parlamentarios, constituidos en minorías, resulta igualmente relevante que la de las mayorías, puesto que el control parlamentario trata no sólo del cumplimiento de protocolos o disposiciones reglamentarias, sino del conjunto de funciones y valoraciones que éstos realizan respecto de los planes, objetivos y metas gubernamentales.

Así, los grupos minoritarios representados en las Cámaras de Senadores y de Diputados, de pronto parecen adoptar una postura protagonista en el ejercicio del control parlamentario. Mientras que, por el otro lado, los grupos mayoritarios -afines al proyecto del titular del Poder Ejecutivo- generalmente se concentran en resaltar las obras, los avances, los logros o las acciones de política pública implementadas por el gobierno. De tal forma que, en el práctica de la crítica, no es que los grupos parlamentarios minoritarios obstaculicen el trabajo del Poder Ejecutivo, sino que están en su derecho y, sobre todo, en el cumplimiento de sus responsabilidades parlamentarias, como también las tienen los grupos mayoritarios, para ejercer sus facultades de control parlamentario sobre el Ejecutivo.

El fortalecimiento de un régimen presidencial en tiempos de cambio, requiere de este tipo de controles constitucionales, a través del cual, el Congreso y sus agentes parlamentarios o legisladores discurren sobre las acciones de gobierno o políticas públicas, como; por ejemplo, las relativas a la atención de víctimas, a la adjudicación de obras, al destino de los recursos públicos, a la elección y ratificación de servidores públicos de alto nivel, etcétera, todo lo cual a fin de contribuir a una política de prevención y no reactiva como se ha realizado históricamente.

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