La aprobación de la reforma a la Ley Federal de Derecho de Autor ha causado controversia y preocupación, sin embargo diputados y especialistas aseguran que estos cambios legales dan certeza jurídica a creadores de contenidos y no censuran ni criminalizan a los usuarios.
Diputados y especialistas coincidieron en que las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, para cumplir con lo establecido en el Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), protegen los derechos de los creadores en las plataformas digitales y no pretenden censurar el derecho a la información, ni coartar la libertad de expresión.
Durante el panel de discusión “Mitos y realidades sobre las reformas a la Ley Federal de Derecho de Autor”, más allá del T-MEC, que sí era un tema necesario, es una actualización de la norma para regular las plataformas digitales, como lo hemos intentado hacer en otro tipo de cosas”, consideró Jorge Arturo Espadas Galván (PAN).
Respecto a las afirmaciones de que se criminaliza a los usuarios por reparar un aparato electrónico, aclaró, «lo que sí se prohíbe es vender o distribuir copias de software piratas, aunque son medidas ya existentes hoy, la diferencia es que no estaban asentadas en la Ley de Derechos de Autor, pero el Código Penal ya las contemplaba en piratería”, precisó.
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En tanto que el diputado Santiago González Soto (PT) sostuvo, “Estamos hablando de la protección de propiedad industrial, de la propiedad intelectual, de los derechos de autor, hoy expuestos de manera indiscriminada en todas las redes de internet”, sostuvo el diputado Santiago González Soto (PT).
El legislador dijo que “hay una confusión” respecto a que si se hace algún tipo de reparación, modificación o adecuación a alguno de los dispositivos electrónicos se constituye un delito, sólo es en caso de softwares o aplicaciones.
José Luis Caballero, experto en derechos de autor, sostuvo que esta reforma busca dotar a los creadores de herramientas eficaces para garantizar que en la utilización de sus obras, marcas, patentes, haya una aplicación rigurosa de la ley, con sanciones administrativas y penales a quienes las usen con ánimo de lucro o dolo, sin autorización.
Es falso que se pretenda censurar el derecho de los ciudadanos y usuarios a acceder a contenidos o información que, de forma libre, se ponen a disposición en las plataformas digitales, añadió.
“Si un autor identifica que una obra suya ha sido puesta a disposición de forma ilegal, sin la autorización correspondiente y que quien la usa se beneficia económicamente, puede solicitar al proveedor de internet que inhabilite el acceso y nada tiene que ver con censura, sino con un derecho legítimo”, dijo.
Por su parte, Víctor Solís, abogado en derecho penal de la UNAM, apuntó que estas reformas plantean sanciones a quien distribuya, almacene, transmita y ponga a disposición del público obras a sabiendas que la información de gestión del derecho ha sido alterada.