En México, el crimen organizado y las células delictivas que lo integran, han equiparado su poder de combate al de la fuerza pública del Estado; esto se puede constatar, al observar a ejércitos de civiles armados que se jactan de su dominio con un intimidante arsenal como escenario decorativo, y en las miles de armas que son incautadas por la autoridad, en las que figuran armamento de potencial impacto como AK-47, granadas, ametralladoras UZI, hasta fusiles Barret. Este tipo de equipamiento constituye para el narcotráfico un recurso fundamental para llevar a cabo sus estrategias, por el control y liderazgo de territorios donde predomina el mercado ilícito de las drogas y otros menesteres.
Cualquier ciudadano promedio al que se le impone prisión preventiva oficiosa, por portar sin licencia una pistola calibre .22 para su legítima defensa por motivo de un temor fundado, se verá consternado, con justa razón, al ver las dimensiones de las armas que ilegal pero libremente portan los carteles del narcotráfico, y es que, cuesta trabajo creer que la producción, venta y trasiego de tal cantidad de instrumentos de esa naturaleza, pasen desapercibidos de la mira de autoridades y mecanismos regulatorios; es indiscutible la responsabilidad del estado mexicano y de sus sistemas aduanales del crecimiento exponencial de este fenómeno.
Sin embargo, recientemente, los reflectores de la culpa señalan a la industria armamentista americana y a su gobierno regulatorio, como activos promotores de la violencia armada que se suscita en México; los reportes oficiales, señalan que son más de 200 mil armas las que se encuentran en territorio mexicano,[1] vinculadas a la manufactura americana y patrocinadas por cada uno de los fabricantes del país vecino del norte.
La declaración oficial de ello, tuvo voz a través de la cancillería mexicana, representada por Marcelo Ebrard Casaubon, quien en agosto pasado, presentó ante una Corte de Massachusetts una demanda en contra de once fabricantes de armas en Estados Unidos, donde se les acusa de prácticas negligentes en su producción y comercialización, acciones que, según el estado mexicano, han derivado en el tráfico de estos insumos y con ello, en el incremento de la violencia que afecta directamente a la población, a lo largo de su territorio.
Ante la sorpresa del incrédulo juicio popular sobre su procedencia, la demanda fue admitida por la Corte Federal de Boston, Massachusetts, fijando fecha de audiencia para el mes de abril del presente año, donde se dará voz a los argumentos de las partes y se analizará la contestación de los acusados, para determinar si existe sustento suficiente para que la demanda pueda prosperar a favor del promovente, que cabe destacar, entre sus pretensiones se encuentran recibir una indemnización por daños y perjuicios. En espera del controvertido desenlace, deja tiempo a la opinión pública para reflexionar: ¿Qué tan legítimo es atribuir responsabilidad jurídica a las compañías productoras de armas por un fenómeno que el estado mexicano no ha logrado controlar?
El argumento que emitió la defensa de la industria armamentista en contestación al ocurso referido, es que ellos operan en apego a sus regulaciones nacionales, - que cabe mencionar, son bastante generosas en cuanto a la producción y venta de armas se refiere,- y que no se consideran responsables del uso que sus compradores les dan, y mucho menos, de los problemas internos de sus países vecinos. Además, ostentan tener inmunidad bajo las determinaciones establecidas en la ley Protection of Law Commerce in Arms.
En contraposición, el gobierno mexicano alega prácticas negligentes de los productores, aportando pruebas que derivan de una investigación que determina, entre otras cosas, que éstos han omitido llevar a cabo controles regulatorios de venta de armas y sobre todo, registros documentales de cantidades, fechas, tipos de armas vendidas y compradores, información que al no existir, pone en anonimato a los adquirientes, lo cual, se presume, es información oculta de manera dolosa para sus intereses particulares.
Incluso, se les acusa de focalizar la producción al sector juvenil de la población, ya que de las armas decomisadas, se advierte una manufactura modificada para uso adolescente, además de generar publicidad engañosamente lúdica para incentivar el uso en este sector en específico.
Expuestas brevemente las posiciones generales de las partes, se suma la del autor del presente texto, para ponerla a consideración del mejor juicio del lector. Limitando el análisis al enfoque jurídico y a la responsabilidad de las compañías, por la preocupante ola de violencia armada que se propaga por México. Es de destacar que, por la naturaleza de los insumos que producen estas empresas, es menester que las políticas internacionales implementen mecanismos de regulación que sirvan como instrumentos de cooperación ante problemáticas como esta. Para ello, por ejemplo, se promulga en el año 2014, el Tratado sobre el Comercio de Armas[2], suscrito por México y del cual es parte, entre otros países, la nación Americana; con base en las determinaciones de este tratado, es legítimamente imputable la responsabilidad atribuida a las compañías demandadas, con fundamento en los numerales que hacen referencia al Registro, Presentación de Informes y Cooperación Internacional para ayudar a los estados a hacer frente a las problemáticas que se suscitan, conexas al tema en cuestión.
Esto acompañado de los fundamentos de hecho, y de divulgación pública, donde el mismo Eugenio Weigend, director de Investigación en Center for American Progress, reveló que del año 2012 al 2019 un aproximado de 139 mil armas fueron robadas o perdidas de armerías federales en Estados Unidos, reportando además que un 83% de las 66 mil armerías federales no cumplieron con la inspección de autoridades en 2019[3], hechos que presumen y afirman una negligencia en la que incurren los acusados.
Posterior a la demanda que México presenta, y después de un polémico litigio prolongado desde el año 2012, acontece un fallo histórico, Remington acordó el pago de 73 millones de dólares como indemnización a las familias de las víctimas de un ataque perpetrado el 14 de diciembre de ese año, protagonizado por Adam Lanza, joven americano de 20 años que asesinó a 26 personas en la escuela Sandy Hook, en Newtown, Estados Unidos. Para ello utilizó un rifle Bushmaster, fabricado por la empresa Remington. Un desenlace controversial, pero que se posiciona como precedente de la responsabilidad jurídica de los fabricantes de armas y sus criterios de fabricación, promoción y venta.
Para México esta resolución es significativa, la novedosa sentencia y la demanda en curso, comparten la palabra: responsabilidad como elemento en cuestión. Esta conclusión, cabe señalar, no excluye de responsabilidad al estado mexicano de generar estrategias aduanales y locales institucionales para mitigar el problema. De la violencia armada es responsable el estado mexicano; de patrocinar de manera irresponsable los insumos para su subsistencia, son responsables las armerías en su parte proporcional; del tráfico de armas es una culpa compartida.
[1] Secretaría de Relaciones Exteriores, (2021) Comunicado. Gobierno de México
[2] Tratado sobre el Comercio de Armas, (2014) Diario Oficial de la Federación. Secretaría de Gobernación.
[3] El tráfico de armas debe ser prioridad en la agenda bilateral de EE.UU. y México, (2021) Boletín 65 Causa en Común.