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¿ADIÓS AL FUERO?

El 4 de diciembre de 2018, el presidente de México, licenciado Andrés Manuel López Obrador, por conducto de la Secretaría de Gobernación, presentó ante el presidente del Senado de la República, Martí Batres Guadarrama, la “Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman, los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Concretamente, se propone la eliminación del fuero del presidente de la República, para que pueda ser acusado no solo por traición a la patria -como ya está previsto en la Constitución Federal vigente- sino por actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves en términos del segundo párrafo del artículo 19 constitucional, en el que se prevé la posibilidad de que el Ministerio Público solicite al juez la prisión preventiva en ciertas circunstancias.

A través de esta iniciativa de reforma constitucional, el presidente López Obrador, busca dar cumplimiento a uno de sus compromisos electorales abordados intensamente durante su campaña y que reiteró en su mensaje ante el Congreso General el pasado 1 de diciembre, día en que rindió la protesta constitucional como Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

En efecto, conviene precisar que dicha iniciativa se refiere al fuero del presidente únicamente, pero recordemos que el tema del desafuero se trata de una exigencia social añeja que, ante los graves casos de corrupción política se ha intentado materializar para que opere a cargo de altos funcionarios y políticos como gobernadores, diputados y senadores.

Lo anterior no se ha logrado consolidar, no obstante que, desde el 4 de noviembre de 2015 hasta la fecha, se han registrado más de una treintena de iniciativas de reforma constitucional con múltiples variantes, pero todas con un mismo objetivo, la modificación al régimen de responsabilidades establecido particularmente para el presidente de la República, diputados, senadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entre otros servidores públicos.

Las razones por las que estas propuestas o iniciativas no han logrado cuajar, son múltiples, probablemente se trata de un asunto que requiere de un valor fundamental en el ejercicio de la política y la función pública, la voluntad.

Ante la nueva composición de las cámaras del Congreso de la Unión, y el alto grado de aprobación y confianza que impone la personalidad del presidente López Obrador, todo parece indicar que el sistema de privilegios jurídico políticos llamado “fuero constitucional”, está a punto de sucumbir ante las políticas implementadas por el nuevo gobierno Federal y las mayorías de los congresistas (diputados y senadores) particularmente del partido político del presidente, MORENA.

El tema es -desde nuestra opinión- relevante y complejo, por lo que merece un diagnóstico, estudio y evaluación de las causas que han originado la promoción constante y, en este sexenio que inicia, la vertiginosa intención de eliminar el fuero como un privilegio procesal a favor de las altas esferas de la política.

En razón de lo anterior y considerando el contenido de la iniciativa presentada por el presidente López Obrador, proponemos, por lo pronto, dos puntos fundamentales en el análisis de esta iniciativa:

 

  1. Examinar con rigor técnico y jurídico que, al ser denunciado el presidente de México, por ejemplo: por actos graves de corrupción, estaría latente la posibilidad de ser procesado e incluso sometido a prisión preventiva (conforme se indica en la iniciativa, en téminos del segundo párrafo del artículo 19 constitucional), lo que significa entonces, que se trata de una reforma constitucional que requiere del estudio y, en su caso, adecuación de las hipótesis contenidas en el artículo 84 constitucional, en relación con los mecanismos para el nombramiento de presidente interino o sustituto.

 

  1. El principio de igualdad ante la ley, supone lato sensu, la aplicación igualitaria -a todas las personas- del orden jurídico vigente en su conjunto, sin embargo, la naturaleza de las funciones y la investidura del presidente de la República, merece un estudio cuidadoso y reflexivo para diferenciar la aplicación de la ley, incluso en delitos o faltas graves, puesto que el impacto político y económico a la Nación puede verse reflejado en el interés general. De ahí la necesidad de ponderar la integración de un mecanismo especial para el procesamiento y juzgamiento del titular del Poder Ejecutivo mientras desempeña el cargo.

Una reforma constitucional de este calado requiere de un trabajo serio de análisis jurídico, social, político y económico, que privilegie el interés general y no de grupo. Eliminar el “fuero” y transitar hacia figuras como la “inmunidad” puede ser el camino correcto contra la corrupción política; sin embargo, se requiere abrir el debate serio, razonado y responsable sobre el tema del “desafuero”, una exigencia social que tiene décadas pendiente y que legislaturas anteriores han subestimado.

 

 

*Investigadora titular “B” del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; coordinadora general de la División de Estudios de Posgrado y del CIJUREP de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, e investigadora nivel III del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).

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